Pensiones

La última jugada legal de los involucrados en el caso Cascada en la demanda de AFP Habitat

A través de un recurso denominado "cosa juzgada", presentado por los abogados de Leonidas Vial y Roberto Guzmán se busca cerrar esta arista.

Por: Daniel Vizcarra G. | Publicado: Martes 29 de septiembre de 2020 a las 13:33 hrs.
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AFP Habitat alcanzó un acuerdo con Alberto Le Blanc por el caso Cascada en 2017. Foto: José Montenegro
AFP Habitat alcanzó un acuerdo con Alberto Le Blanc por el caso Cascada en 2017. Foto: José Montenegro

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Una de las aristas que todavía queda por resolver en el caso Cascada es lo que ocurre con las acciones judiciales que han emprendido algunas AFP en contra de los involucrados.

Una de ellas es Habitat, que en 2015 ingresó una demanda en el 20º Juzgado Civil de Santiago en contra del empresario ligado a SQM, Julio Ponce Lerou, y exejecutivos de la minera no metálica, Aldo Motta, Patricio Contesse Fica y el abogado, Roberto Guzmán, con el objetivo de que restituyeran de forma solidaria el perjuicio que implicó el esquema a los fondos de pensiones.

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También fueron demandados uno de los socios de LarrainVial, Leonidas Vial y Alberto Le Blanc, en calidad de controladores de tres y dos sociedades de inversión, respectivamente, las que habrían operado como "instrumentales" en el caso Cascada. Sin embargo, la AFP desistió de la acción judicial en contra de Le Blanc, luego de llegar a un acuerdo con él en 2017, tras celebrarse una transacción que se mantiene en estricto secreto.

Tras este acuerdo entre Le Blanc y Habitat, algunos de los involucrados en el caso buscan poner fin a esta demanda, -la que se encuentra actualmente en la Corte de Apelaciones de Santiago-, luego de que el fallo de primera instancia no fuera favorable para la AFP.

Cosa juzgada

El 25 de agosto, el abogado de Leonidas Vial, José Pedro Baraona, ingresó en el tribunal de alzada una excepción de "cosa juzgada", con el objetivo de que se establezca la prescripción de la demanda de AFP Habitat.

Según señala el escrito, el acuerdo alcanzado entre Habitat y Le Blanc libera al resto de los demandados del cumplimiento de sus eventuales obligaciones.

"De acuerdo a lo regulado en el inciso segundo del artículo 2461 del Código Civil, se ha extinguido la obligación respecto de todos los demás deudores solidarios, a quienes hizo responsables (en unión con la contraparte en la transacción) de concertarse para llevar a cabo un ilícito civil", señala el documento.

"Por tanto, la transacción ha extinguido la acción respecto de todos los demandantes, produciéndose el efecto de cosa juzgada a que se refiere el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil", añade.

A la excepción de la "cosa juzgada" presentada por el representante de Vial se sumó la defensa de Roberto Guzmán.

"Nos adherimos y consideramos acertado el razonamiento contenido en la excepción de cosa juzgada opuesta, el que obedece a la circunstancia de haberse celebrado un contrato de transacción entre el recurrente y demandante en estos autos, AFP Habitat S.A. (en adelante e indistintamente "Habitat"), y los demandados señor Alberto Le Blanc Matthaei y las sociedades Inversiones Transcorp Ltda. e Inversiones La Palma Ltda", dice el escrito ingresado por el abogado Gabriel Zaliasnik.

La respueta de Habitat

La contestación por parte de la AFP no se hizo esperar en la Corte de Apelaciones. La gestora previsional argumenta que el acuerdo alcanzado con Alberto Le Blanc solo tiene consecuencias jurídicas a las partes que participaron de ese trato.

"No es en absoluto indiferente con quién se celebra este peculiar contrato y los terceros que no lo han celebrado mal pueden reclamar un supuesto derecho a beneficiarse de una transacción ajena", indica el escrito de Habitat, representada por el socio de Marinovic y Alcalde Abogados, Enrique Alcalde.

"La transacción celebrada entre AFP Habitat y el señor Le Blanc Matthaei, por sí y en representación de Inversiones Transcorp Ltda. e Inversiones La Palma Ltda., se limitó a poner término al litigio, exclusivamente, entre nuestra representada y los tres demandados que concurrieron a consentirla, de manera que a los restantes codemandados aquel contrato intuito personae (en función de la persona) no les aprovecha ni les perjudica, debiendo quedar sometidos a lo que se resuelva por sentencia definitiva en el presente litigio", añade el documento.

De acuerdo al texto de la demanda ingresada por la AFP, el perjuicio en los fondos administrados por la gestora, debido al esquema Cascada, serían de $ 5.492 millones en total, los que se distribuyen en $ 1.237,9 millones en el fondo A, 1.817,3 millones en el fondo B, $ 2.518,2 millones en el fondo C, $ 364,4 millones en el fondo D y 3,9 millones en el fondo E.

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