Seguros

Ampliación del GAM enfrenta al MOP con aseguradora de crédito de Avla

Tras la negativa de la firma, el organismo público acudió al Consejo de Autorregulación de Seguros.

Por: Constanza Ramos T. | Publicado: Viernes 13 de septiembre de 2019 a las 04:00 hrs.
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La ampliación del GAM es uno de los proyectos relevantes del MOP en materia cultural.
La ampliación del GAM es uno de los proyectos relevantes del MOP en materia cultural.

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Por más de tres años, una de las ampliaciones más ambiciosas del Centro Cultural Gabriela Mistral (GAM) ha sido retrasada.

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La construcción que tendría un costo de $ 41 mil millones ha tropezado con varias piedras en el camino y ahora suma un nuevo escollo. Uno que enfrenta al Ministerio de Obras Públicas (MOP) con la compañía de seguros de crédito y garantía de Avla.

La historia data de 2017, fecha en que la empresa española Ecisa Chile estaba a cargo de realizar una ampliación al centro cultural, pero la obra nunca llegó a completarse. Sin embargo, el MOP contaba con una carta bajo la manga: tenía tres pólizas de seguros de garantía -en relación a un contrato de construcción- contratadas con Avla.

Este año, la aseguradora se negó a pagar la póliza, fundamentando su decisión en una falta de liquidación de contrato, una reclamación extemporánea y la agravación de riesgos.

A su vez, argumentó que la póliza de seguro contratada por el MOP no podría asimilarse a una boleta de garantía.

Tras recibir la respuesta, el MOP informó de la situación al Consejo de Autorregulación de la industria, entidad que desechó los argumentos de Avla y resolvió que la aseguradora deberá cumplir con las pólizas contratadas por el MOP.

Basta sólo una solicitud

A raíz de diversos problemas presentados en el mercado, las compañías de seguros de crédito que emiten pólizas para asegurar el cumplimiento de obligaciones de pago de dinero, el Consejo dictó una resolución en 2006 para disipar las dudas sobre si estas pólizas eran confiables o no.

De esta forma, resolvió que las compañías de seguros generales deberán incluir en las pólizas de crédito que emitan o renueven, en forma destacada, un párrafo que detalle lo siguiente: “La inclusión de cláusulas de ejecución inmediata, obligará a la compañía a efectuar el pago del seguro ante la sola solicitud del beneficiario, cuando ha ocurrido el siniestro. En caso de fraude, la compañía deberá efectuar la denuncia en las instancias competentes, para cautelar los intereses del legítimo beneficiario”.

Sin embargo, esto no significa que Avla renuncie a cuestionar la posición del MOP, sino que dicho cuestionamiento deberá ser formulado en las instancias posteriores, conforme las reglas generales aplicables al contrato.

De todas formas, aclaran que al Consejo no le corresponde decir quién tiene la razón sobre el contrato que firmaron las partes. “Es un tema que se discute en los tribunales pero si la compañía de seguros puso esta cláusula y le piden pagar, tiene que cancelar. Ahora Avla está obligada entregar los recursos y después si quiere, puede discutir en los tribunales el fundamento”, sostienen.

Consultadas las partes no respondieron las consultas de DF.

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