Seguros

Proyecto que refuerza responsabilidades de agentes del mercado se reactiva tras cinco años en el Congreso

El Presidente Piñera ingresó ayer nuevas indicaciones a la iniciativa, las que buscan evitar fraudes en las licitaciones de seguros y crean una nueva figura: el ‘denunciante anónimo’.

Por: Constanza Ramos Taky | Publicado: Miércoles 20 de mayo de 2020 a las 07:30 hrs.
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Hace casi cinco años fue ingresado al Senado el proyecto que modifica las leyes de Mercados de Valores y de las Sociedades Anónimas, con el fin de establecer nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de los mercados.

El avance de la iniciativa en el poder legislativo ha sido más que lento, ya que recién en abril del año pasado pasó a la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y luego la iniciativa perdió más fuerza, ya que se le retiró la urgencia simple.

Sin embargo, ayer el Presidente Piñera estableció la suma urgencia al proyecto e ingresó nuevas indicaciones que buscan mejorar las licitaciones de seguros y crean una nueva figura: el 'denunciante anónimo'.

El ministro de Hacienda, Ignacio Briones señaló que las iniciativas que han presentado en el Congreso "tienen como norte fortalecer el mercado financiero a través de medidas que impulsan la transparencia y la protección de los accionistas minoritarios. Asimismo, se establecen disposiciones que resguardan a los consumidores en el mercado financiero y se endurecen las sanciones para los infractores".

"Es de vital importancia que las personas crean en el mercado y para ello se necesitan reglas claras y parejas para todos", recalcó Briones.

En términos generales, la ley propone perfeccionar el marco regulatorio vigente para sancionar conductas abusivas, brindar mayor protección a los accionistas minoritarios y a los inversionistas, clarificar las responsabilidades de los auditores externos y fortalecer el rol de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Licitación de seguros

El documento que fue ingresado hoy detalla una serie de nuevos cambios. Uno de ellos se relaciona con la licitación de seguros. Se establece que las bases de licitación no podrán exigir que las ofertas de aseguradoras incluyan obligatoriamente los servicios de un corredor de seguros. Asimismo, no podrán participar en la licitación, directa o indirectamente, los corredores de seguros que hayan asesorado a la entidad crediticia licitante en dicha licitación y las compañías cuya menor clasificación de riesgo sea igual o inferior a BBB.

Para la licitación de seguros de créditos hipotecarios, la CMF establecerá, por norma de carácter general, las condiciones y coberturas mínimas que deberán contemplar los seguros asociados a los créditos hipotecarios, tanto para aquellos contratados directamente por el deudor como para los contratados por la entidad crediticia por cuenta de éste.

Nuevo sistema de consulta de seguros

Las nuevas propuestas definen la creación de un sistema de consulta de seguros, digital, de acceso remoto y gratuito, que será administrado por la CMF. Dicho sistema entregará información sobre los contratos de seguros a quienes tengan la calidad de contratante o asegurado en ellos y, en caso de fallecimiento o incapacidad judicialmente declarada, a quien demuestre un interés legítimo en acceder a dicha información. En este último caso, se entenderá que tienen interés legítimo quienes acrediten tener la calidad de cónyuge, hijos, padres o la calidad de herederos de dicho contratante o asegurado.

Para esta plataforma, las compañías de seguros deberán mantener bases de datos actualizadas con información de las pólizas respecto de las cuales mantengan obligaciones vigentes.

El sistema de consulta de seguros deberá permitir que, con el objeto de obtener nuevas ofertas de seguros, los contratantes o asegurados puedan otorgar su consentimiento para que su información sea intercambiada entre las compañías de seguro. Para tales efectos, la Comisión establecerá los requisitos y condiciones con los cuales deberán cumplir las compañías de seguros con el objeto de facilitar dicho intercambio.

Denunciante Anónimo

Otro cambio que plantean las indicaciones, es la figura del 'denunciante anónimo'. Tendrán esa calidad quienes colaboren con investigaciones aportando antecedentes sustanciales y desconocidos por la CMF "para la detección, constatación o acreditación de infracciones a las leyes que sean materia de competencia de la Comisión, o de la participación del presunto infractor de dichas infracciones", señala el documento.

No obstante, no tendrán la calidad de denunciantes anónimos quienes hayan incurrido en la conducta sancionada o tengan la calidad de víctima de la misma. Además, si la persona que actuó como denunciante anónimo, entrega información falsa, será sancionada con las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa entre $ 300 mil y $ 500 mil aproximadamente (6 a 10 UTM).

Por otra parte, el denunciante anónimo tendrá derecho a recibir un porcentaje de la multa que se aplique. No podrá recibir un monto menor al 10% de la multa aplicada, y en ningún caso un monto superior al menor valor entre el 30% de la multa aplicada o cerca de $ 717 millones (25.000 UF).

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