Cartas

Cartas al Director

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Liceo J.V. Lastarria

Señor Director:

Revuelo ha causado la reciente noticia que indica que varios colegios emblemáticos han perdido su excelencia debido a los bajos resultados académicos. Como ex alumno del Liceo Lastarria, del cual tuve el honor ser Presidente de su Centro de Alumnos, siento mucho pesar por lo ocurrido. A la lamentable situación se agregan las palabras del Director de Educación de Providencia quien indica que desconoce el motivo de la perdida ocurrida. Resultan, a lo menos, curiosas las palabras del Sr. Mariano Rosenzvaig, militante de Revolución Democrática. Si el motivo no lo sabe él ¿quién más? Este año habrán elecciones municipales, ojalá en esta oportunidad los votantes tengan la oportunidad de escoger autoridades comprometidas con su trabajo, con las competencias necesarias y no personas cuya principal preocupación es cambiarle el nombre a las calles o los cerros de su comuna.

Sebastián Lafaurie
Abogado, Ex Alumno Liceo Lastarria

Curriculo escolar

Señor Director:

Revuelo ha causado la propuesta del Ministerio de Educación de eliminar la asignatura de filosofía e incorporar sus contenidos a una nueva, denominada formación ciudadana. Esta es la segunda noticia durante el año que indica la pretensión de modificar el currículo escolar, la primer fue la del proyecto de acuerdo de nuestros diputados, solicitándole a la Presidenta de la República, incorporar al teatro dentro de los contenidos mínimos obligatorios. Independiente del mérito de las propuestas, y de las buenas intenciones que las fundan, resulta curioso que se encuentren totalmente marginadas del debate las escuelas y las familias, las que son, al final del día, las que se verán beneficiadas o sufrirán los efectos de una mala decisión.

Por qué no mejor, los burócratas y tomadores de decisión de turno, en vez de querer decidir que deben aprender nuestros escolares, no les permiten a las comunidades académicas determinar libremente los contenidos a impartir. Una medida así significa colocar a los alumnos en el centro del debate educacional, permitiendo la elección de escuelas a las familias en atención a criterios que sólo a ellas les corresponde evaluar y permite además un gran nivel de profundización en los contenidos a impartir.

Iván M. Garay Pagliai

Pymes, ¿conviene la contabilidad simplificada?

Señor Director:

Las empresas están en hora de decisiones en materia tributaria, porque deben optar por el sistema de renta atribuida o el régimen semi integrado. Sin embargo, en el mundo de las pymes tienen una tercera opción, el denominado 14 ter A), el cual tiene ventajas y desventajas que deben ser analizadas con mucha atención.

A primera vista, el principal beneficio del 14 ter A), para las empresas que optan por él, es la contabilidad simplificada. Esto significa que estas empresas no están obligadas a llevar una contabilidad completa, están exentas de balances, de inventarios, de hacer depreciaciones. Eso sí, deben llevar libros básicos: Un libro de compras y ventas si pagan IVA, un libro de caja y un libro de ingresos y egresos.

Sin embargo, se debe analizar con mucho cuidado la necesidad de llevar o no llevar contabilidad completa, ya que si bien no es obligatoria para calcular los impuestos, no contar con ella deja a la empresa desprovista de información muy relevante para la marcha del negocio, para obtener préstamos bancarios o para acreditar la renta percibida por los socios.

El 14 ter A) también cuenta con otros aspectos que podrían incentivar o desincentivar su elección. Por eso es importante informarse, ver si se cumple con los requisitos formales de la ley, analizar el modelo de negocios que quiere desarrollar hacia adelante y también analizar el monto FUT acumulado. Este es un factor muy relevante a la hora de tomar la decisión, porque hay que pagar los impuestos pendientes ahí.

Para tomar la decisión, el plazo se acerca. De acuerdo a la norma, los contribuyentes que deseen ingresar al régimen simplificado del art. 14 Ter A) a partir del 01/01/2017, deben manifestar su opción al SII entre dicha fecha y hasta el 30 de abril.

Francisco Larraín Schultz
Abogado experto en materia tributaria del Estudio Castillo & Prieto

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