Cartas

Efectividad e impacto de exenciones tributarias

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Señora Directora:

Ante el escenario incierto de la recuperación económica, la revisión de algunas exenciones tributarias y regímenes especiales pareciera sumar más al problema que a la solución.

Por ejemplo, la exención a la ganancia de capital por la venta de acciones con presencia bursátil -establecida en 2001- funciona y es una medida efectiva: en virtud de ella se logró en un período acotado de tiempo profundizar y volver más atractivo nuestro mercado de capitales, impulsando la inversión y llevando nuestro sistema financiero a ser uno de los más importantes de la región.

Su modificación o derogación podría ir en la línea contraria, pudiendo generar un freno y un desincentivo a la inversión y acceso al mercado de capital, y con ello menores recursos al sistema financiero en general, precisamente lo contrario a lo que el país necesita en estos momentos y en el futuro previsible.

Resulta correcto de tiempo en tiempo evaluar rigurosamente, en función de su utilidad, efectividad e impacto, la continuidad de determinadas exenciones tributaries. Sin embargo, no debe ser únicamente la contingencia ni la necesidad de mayores ingresos fiscales lo que determine su modificación o eliminación, como pareciera ser el caso.

Andrés Ossandón

Abogado-socio Estudio Jurídico Arteaga & Gorziglia

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