Cartas

El Estado y su pago poco oportuno

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Señora Directora:

La Ley de Pago a 30 días, promulgada el pasado 3 de enero, establece que los clientes de pymes que no paguen dentro de este plazo deberán pagar intereses y una comisión moratoria como castigo.

En el caso de los organismos del Estado, estas multas deberán pagarse con cargo al presupuesto respectivo. Sin embargo, no es claro que esta sanción por sí sola logre que las instituciones públicas paguen a las pymes en 30 días, ya que los directivos de estas instituciones no necesariamente internalizarán el perjuicio asociado a las sanciones. Dado que cerca del 70% de los reclamos pendientes en ChileCompra corresponde a pagos del Estado que debieron haberse efectuados en plazos inferiores a 30 días, resulta pertinente plantear medidas complementarias.

En este sentido, el cumplimiento del plazo de 30 días debiera incorporarse en las evaluaciones de desempeño de los jefes de servicios públicos, estableciéndose premios y castigos asociados al cumplimiento del plazo en cuestión. Dado el perjuicio que produce el atraso en los pagos sobre las pymes, es de esperar que estas medidas sean consideradas en el futuro.

Carlos Acuña Silva
Investigador Clapes UC

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