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Futuro tributario en servicios digitales

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Señora Directora:

Las empresas digitales han triplicado su rentabilidad. La Comisión Europea 2017 reportó que en promedio su imposición es 8.5%.

En Chile, la Ley N° 21.210 gravó estos servicios con IVA. La recaudación, según Clapes UC, llegaría a US$ 36,5 millones considerando sólo Netflix, Apple, y Spotify. Esta forma de gravar no es apropiada, ya que el costo adicional 19% lo soportará el consumidor final, la recaudación por medio bancario no ha tenido éxito y no está en línea con los estudios internacionales.

Actualmente, OCDE y la UE pretenden que las empresas determinen su ganancia global y luego la distribuyan a los países donde fue generada en función de usuarios, ventas, etc. Será necesaria la cooperación de EEUU y estandarizar tratados tributarios. La OCDE está liderando este proceso.

Mientras avanzan los estudios y no esté vigente un convenio con EEUU, Chile podría ampliar en su normativa el concepto de establecimiento permanente e incorporar una definición de los modelos de negocios. Será necesario revisar tratados vigentes, pero la determinación de la ganancia será bajo parámetros locales y aplicaremos normas de control tales como precios de transferencia.

Rodrigo Carvajal

Académico Escuela de Auditoría y Control de Gestión Universidad Santo Tomás

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