Cartas

Reciclaje de neumáticos y legalidad (II)

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Señora Directora:

El Ministerio del Medio Ambiente ha reaccionado a la nota publicada por DF sobre la posición de ANAC en la Ley REP, apuntándonos en una carta como alguien que querría restarse de formar parte de los desafíos ambientales que afronta el mundo.

Dura e injusta imputación para una industria que destina descomunales esfuerzos y recursos a preservar el medioambiente. Pero además, se trata de todo lo contrario, pues lo que nuestra acción ante el Tribunal Ambiental busca es, precisamente, incorporar gradualmente -con metas cumplibles y lícitas- la participación de nuestra industria al esquema de economía circular, con basamento en los propios estudios (AGIES) de dicho Ministerio y la vasta experiencia internacional en la materia, según da cuenta nuestra presentación. Ello, con consistencia, razonabilidad y sin errores.

Sí, debe reconocerse que, en su misiva, el Sr. González reconoce algo sustancial que no considera ni contiene la normativa recurrida: que el momento de la captación del residuo de un neumático de reposición o recambio es distinto a aquel en que se produce el de un neumático incorporado en vehículos nuevos. Precisamente esa diferencia, que ha sido reconocida en el AGIES al mencionar que el reciclaje se realiza con neumáticos fuera de uso contenidos en los vehículos fuera de uso, es la que fundamenta nuestra impugnación y solicitud de ajuste de la norma. Hasta hoy, si bien ha sido recogida por el AGIES, no lo ha sido por el decreto.

Por último, vale la pena recordar que los Tribunales Ambientales han acogido presentaciones de impugnación de reglamentos cuando éstos contradicen abiertamente los AGIES utilizados como fundamento de la norma, análisis que, confiamos, debiese repetirse en esta ocasión.

Diego Mendoza Benavente

Secretario General Asociación Nacional Automotriz de Chile A.G.

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