Cartas

¿Responsabilidad del contratista? Un criterio ilógico

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Señora Directora:

La Cámara Chilena de la Construcción ha señalado que en 2020 se produciría una pérdida de US $2.400 millones en inversión y de 75.000 empleos en el sector construcción.

Por ello las obras públicas constituyen una política indispensable y es necesario hacer un llamado a la autoridad a revisar los criterios que recientemente ha comenzado a aplicar el Ministerio de Obras Públicas. Específicamente, se trata de la interpretación contractual que se ha realizado sobre la paralización de obras. La autoridad reconoce que, si bien las cuarentenas pueden forzar la paralización de obras públicas; dicha interferencia sería de responsabilidad del contratista.

El criterio aplicado lleva a la ilógica situación de que un acto de la autoridad, como una cuarentena, permita al Ministerio la reprogramación de obras del contratista; lo que no dará a éste derecho a indemnizaciones, debiendo renunciar a ellas en caso de paralización por causa de requerimiento de la autoridad sanitaria.

Lo anterior representa una interpretación antojadiza de la renuncia de acciones, el caso fortuito y principios de aplicación a los contratos, y es un errado razonamiento de normas reglamentarias.

Es de esperar que la autoridad corrija esta situación, que afecta a empresas constructoras de todos los tamaños y cambie el criterio frente a hechos no imputables al contratista, como lo es una pandemia mundial.

Álvaro Villanueva Rojas

Abogado, Ex Fiscal Nacional del Ministerio de Obras Públicas 2015-18

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