Cartas

Sobre el error en la Ley de Pago a 30 días

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Señora Directora:

Frente a la polémica generada por la derogación de una norma de la ley de Competencia Desleal por la ley Nº 21.131 ("Establece pago a treinta días") que permitía demandar a las pymes a sus proveedores, cabe aclarar que el error es muy menor, o incluso, de resultado inocuo.

Si bien la norma derogada establecía la posibilidad a las pymes de demandar a las empresas proveedoras, lo hacía con reenvío a la Ley Nº 20.416, esto es, la ley denominada "Estatuto Pyme". En virtud de esta, las micro y pequeñas empresas pueden demandar a sus proveedores en calidad de consumidoras, en conformidad al artículo noveno de la normativa.

Este artículo noveno no fue derogado por la Ley Nº 21.131 de reciente entrada en vigor y, por lo tanto, las pymes siguen teniendo la facultad de demandar a sus proveedores de mayor tamaño al alero de las normas de protección al consumidor.

El resultado del error denunciado es, en consecuencia, irrelevante.

Juan Ignacio Contardo González y Felipe Fernández Ortega
Facultad de Derecho UDP

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