Andrés Sanfuentes

Intereses contrapuestos en los Gobiernos Corporativos

Ha sido frecuente el tema de cómo se deben conformar

Por: Andrés Sanfuentes | Publicado: Miércoles 23 de julio de 2014 a las 05:00 hrs.
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Ha sido frecuente el tema de cómo se deben conformar los Gobiernos Corporativos de una serie de instituciones, entre ellas las empresas estatales y las entidades de la Educación Superior. Son entes diferentes, pero presentan varios aspectos en común.

En las empresas estatales, la experiencia de Codelco ha generado opiniones sobre su grado de autonomía financiera, la constitución de su directorio y la rotación de sus integrantes. En la actualidad, lo conforman nueve integrantes, siete de ellos designados con diferentes procedimientos y los restantes dos elegidos de ternas propuestas por los trabajadores.

Los directores laborales con frecuencia se encuentran entre dos fuegos: por una parte, deben velar por los intereses del dueño de la empresa, el Estado, como lo exige la legislación; y por otra, los intereses de trabajadores. El conflicto aparece cuando se examinan los asuntos del personal, no solo la estrategia para enfrentar las negociaciones colectivas sino las políticas laborales. ¿Con cuál camiseta deben entrar a la cancha?
La experiencia muestra que este conflicto ocurre en forma permanente en empresas donde los representantes de los trabajadores participan con los mismos derechos y obligaciones en directorios de entidades como BancoEstado o Enami y se repiten en proyectos de modificación de la Enap. En definitiva, no parece conveniente para los propios trabajadores su presencia en ambos lados de la mesa, la parte patronal y la sindical. En ese sentido, deben buscarse otras formas de participación laboral, más modernas, que fortalezcan el poder sindical, tan debilitado en las últimas décadas.

Algo similar ocurrirá en el futuro debate de la Reforma de la Educación Superior (ES), materia que incluye la conformación de los Gobiernos Corporativos de las casas de estudios. Ya ha sido planteado por dirigentes estudiantiles, que exigen la derogación del DFL 2, que impide que las organizaciones estudiantiles y de funcionarios participen en los órganos colegiados de las instituciones de la ES, en una añoranza del cogobierno triestamental de la Reforma Universitaria de fines de los sesenta. Tienen razón en su demanda, pues es denigratoria para los segmentos excluidos, pero otra cosa distinta sería la participación legal de los tres estamentos en el Gobierno Corporativo de las instituciones. El ministro Eyzaguirre ha aceptado la derogación, pero señalando que se debe respetar la autonomía de las de las universidades para hacer su proceso interno.

La situación tiene similitud al caso de las empresas estatales: ya que como parte del Gobierno Corporativo también serían responsables de la administración y, en cuanto tal, deben velar por sus objetivos institucionales y, no por los de su estamento o segmento. Los representantes estudiantiles o laborales necesariamente deberían dejar de servir sus intereses particulares y privilegiar los fines de la institución. No podrían sumarse a pedir aumentos de remuneraciones en la negociación colectiva, porque su responsabilidad es lograr los menores costos compatibles con las políticas laborales de la institución, así como tampoco exigir servicios gratuitos para los estudiantes. No hay que confundir el lado de la mesa en el cual están sentadas las partes, en los casos de eventuales conflictos. Es necesario tener clara la diferencia entre los derechos a voz y a voto. Esta situación es plenamente compatible con la amplia participación de ambos estamentos en las instancias de la actividad institucional, pero no en el Gobierno Corporativo.

En el caso de las entidades privadas, tradicionales o creadas después de 1981, esta situación presenta más claridad que en los centros estatales, en que la presencia del “dueño” no es tan evidente. Si se examina la experiencia, se aprecia que hasta ahora sus Gobiernos Corporativos han sido conformados básicamente por los cuerpos de decanos y/o representantes de los académicos estables y de mayor nivel, a los que se agrega una minoría de miembros designados por el Gobierno, con un limitado poder.

Pronto se iniciará esta discusión, de difícil solución.

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