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Aumento de tasa máxima del Global Complementario: peras y manzanas

Por: Andrés Alessandri, socio de Mena & Alessandri | Publicado: Jueves 24 de enero de 2019 a las 04:00 hrs.
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Andrés Alessandri, socio de Mena & Alessandri

Parte de la oposición ha planteado como un requerimiento para sentarse a discutir la reforma tributaria propuesta por el Presidente, el alza de la tasa máxima del Impuesto Global Complementario (IGC) desde un 35% a un 40%, en base a la función redistributiva de los impuestos, capacidad contributiva, etc.

Sin embargo, al revisar este propuesta, uno se encuentra con una contradicción de la oposición. En primer lugar, fue en el gobierno de la Presidenta Bachelet en que se aprobó esta rebaja, pero principalmente porque fue en esa misma reforma en que se establecieron normas transitorias que permitieron a gran parte de los dueños de empresa generarse fondos libres de impuesto, pagando tasas bajísimas (amnistía al 8% e impuesto sustitutivo al FUT, con tasas entre 0% y 32%). Si bien estás ventanas tuvieron un efecto recaudatorio relevante (ingresos fiscales que se gastaron en el anterior gobierno), hipotecaron los ingresos futuros del Fisco.

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En consecuencia, debido a estas ventanas otorgadas en la anterior reforma, el aumento de tasa tendrá un efecto recaudatorio mínimo. En definitiva, los principales afectados por este aumento de tasa serán aquellos empleados con sueldos sobre los $7.000.000 mensuales.

Pero más allá del efecto recaudatorio, existe un análisis de fondo que me parece mucho más relevante. Comúnmente se usa de argumento para el alza de tasas la comparación con los impuestos pagados en los países OCDE. Se repite majaderamente que los impuestos pagados en Chile son bajos (porque la tasa es baja).

Sin embargo, a la hora de establecer si la carga tributaria es alta o baja, no basta con ver la tasa del impuesto, se deben considerar, por lo menos, los siguientes dos aspectos:

1.- Base Imponible: Para efectos de aplicar el IGC, en la legislación chilena casi no existen rebajas (gastos) a los ingresos. Las únicas rebajas aceptadas (además de seguridad social, lo cual analizaré a continuación), son montos bajísimos por interés hipotecarios y educación. Adicionalmente, los contribuyentes que pueden acceder a estar rebajas, son aquellos con ingresos bajo ciertos montos, ubicados en los primeros tramos. Así, los contribuyentes de tramos altos no pueden rebajar de sus ingresos ningún gasto (por ejemplo, dividendos hipotecarios, educación de los hijos, salud, etc.).

2.- Seguridad social. Al hacer la comparación de carga tributaria con la OCDE, se deja de lado un tema de vital importancia. En los países OCDE, los impuestos pagados normalmente incluyen seguridad social (jubilación y salud). Por el contrario, en Chile, además de una tasa del 35% (o eventualmente un 40%), los contribuyentes deben destinar (en números gruesos) a lo menos un 10% de su ingreso a su jubilación y un 7% a salud. Así, al analizar la carga total, vemos que no es solo un 35%, si no que se debe sumar un 17% adicional, lo que nos lleva a una carga incluso por sobre del promedio de la OCDE.

En resumen, a la hora de hablar de impuestos, no basta hablar de tasas y me parece un error centrar la discusión únicamente en que si la tasa máxima debe ser un 35% o un 40%. Se debe analizar el sistema en su totalidad, cómo operan los impuestos, sobre qué base se aplican y fundamentalmente, a qué dan derecho estos impuestos. Solo de esta manera podremos dejar de comparar peras con manzanas.

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