Columnistas

Congreso portaliano

Pablo Fuenzalida Investigador Centro de Estudios Públicos

Por: Pablo Fuenzalida | Publicado: Viernes 19 de junio de 2020 a las 04:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Pablo Fuenzalida

“Con los hombres de ley no puede uno entenderse; y así, ¡para qué, carajo! sirven las Constituciones y papeles, si son incapaces de poner remedio a un mal que se sabe existe, que se va a producir, y que no puede conjurarse de antemano”, advertía en 1834 Diego Portales en una de sus epístolas. Ante los límites constitucionales sobre el poder gubernamental, el veredicto Portaliano era brutal: “Esa señora que llaman la Constitución, hay que violarla cuando las circunstancias son extremas. Y ¡qué importa que lo sea, cuando en un año la parvulita lo ha sido tantas veces por su perfecta inutilidad”. Esta “doctrina portaliana” sería parafraseada en 1931 por el coronel Ibáñez en sus descargos a la acusación constitucional por la expulsión, extrañamiento y otras acciones dictatoriales sobre sus opositores políticos.

Imagen foto_00000001

Ante una medida constitucional extrema como declarar un estado de excepción constitucional y su consecuente restricción de derechos constitucionales, es función del Congreso Nacional controlar el uso de ese poder excepcional. Empero, manteniendo una tendencia iniciada el 18 de octubre pasado, el llamado portaliano de enfrentar a toda costa las emergencias desnudadas por las distintas crisis, se ha traducido en crecientes mociones parlamentarias que abiertamente desconocen la distribución de competencias legislativas bajo el actual marco constitucional.

Estos intentos por arrogarse competencias legislativas de exclusiva responsabilidad del Gobierno han sido justificados utilizando una retórica desafiante hacia el poder instituido, por una suerte de contacto directo con el sufrimiento o necesidades de la población, dictados que deben supuestamente anteponerse a las formas jurídicas.

El costo de esta estrategia parlamentaria lo pagará nuestra institucionalidad. Será labor del Tribunal Constitucional controlarla, cumpliendo con una de sus funciones más rutinarias, como pronunciarse sobre la inconstitucionalidad por vicios de forma de estas mociones, a costa de sumar cuestionamientos parlamentarios a las ya existentes muestras de escepticismo de ciertos sectores de la ciudadanía. El Gobierno, en cuanto órgano colegislador, debe enfrentar el dilema entre el impopular respeto a sus competencias legislativas exclusivas, o el técnicamente defectuoso de negociar bajo la marcha sin el trabajo previo de evaluación y diseño de políticas públicas razonadas y prospectivas, cuestiones sordas al clamor caudillista.

A diferencia de esos liderazgos unipersonales que han acechado a Latinoamérica, la rendición de cuentas de nuestros congresistas proclives a estas prácticas no se vislumbra cercana; a lo más, esperar por un eventual castigo electoral. Paradójicamente, el límite a la reelección obraría como un seguro de irresponsabilidad para quienes se saben en su último período parlamentario y opten por estas prácticas.

“Que la ley la hace uno, procediendo con honradez y sin espíritu de favor”, creía Portales. Como criterio moral no hay nada que reprochar. El problema es que el Poder Legislativo, al igual que cualquier otro poder, al ser ejercido por personas de carne y hueso, se ve contagiado tanto por nuestras virtudes como por nuestros vicios. La consideración por las instituciones republicanas, por aburridas que parezcan comparadas a los clamores de justicia total, es la única vía legítima que permite canalizar honestidades y domesticar extravíos humanos, respectivamente.

Lo más leído