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DF Tax | "Aceptamos lo nuevo en la medida que se adapte a lo conocido"

Antonio Guzmán Ribera, socio de Bruzzone y González

Por: Antonio Guzmán Ribera | Publicado: Jueves 12 de septiembre de 2019 a las 04:00 hrs.
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Antonio Guzmán Ribera

Hay proyectos de ley que tienen un avance difícil y sinuoso en el Congreso, mientras otros queman etapas sin mayores obstáculos. La reforma tributaria y la de pensiones parecen ser dos ejemplos íconos de discusiones eternas y con largos períodos de detención. En la vereda contraria, destacan la reducción de la jornada laboral a 40 horas y la más silenciosa ley que regularía las aplicaciones de transporte –la denominada "Ley Uber"—que avanzan a paso firme.

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Independiente de que los proyectos de reformas tributaria y de pensiones pueden adolecer de fallas, lo destacable de ambas iniciativas es que buscan afrontar los cambios en el mercado, instalando medidas modernas más allá de los actuales parámetros.

En el caso de la reforma tributaria, la nueva regulación que grava con IVA los pagos desde Chile hacia el exterior por plataformas digitales, se hace cargo de un vacío legal, no porque no existan impuestos a servicios de intermediación como los de Booking, Uber o Airbnb, sino porque con el proyecto de ley en discusión se busca definir un modo claro de retener el impuesto correspondiente y un obligado a dicha retención (la misma plataforma).

Por su parte, la reforma a las pensiones finalmente pone en discusión aumentar el monto de las cotizaciones, lo que, aunque pueda ser calificado de insuficiente por algunos, al menos es un avance en la línea de afrontar la realidad de los pensionados en Chile.

Al contrario, la "Ley Uber" parece ir en otra dirección. Esta normativa buscaría calificar el servicio de Cabify, Uber, Beat y Didi como parte de un servicio global de transporte, y obligarlos a constituirse en Chile como una empresa de transporte.

Sin perjuicio de que esta propuesta intenta ser un modo de beneficiar a dichas plataformas con exenciones de IVA, y reconociendo que la regulación de las plataformas digitales es compleja, no parece la dirección correcta el tratar de encasillar los servicios prestados por las plataformas digitales, dentro de los paradigmas de la economía tradicional.

Así parece, que los redactores de la "Ley Uber" consideran sólo relevante la prestación final que recibe el cliente (transporte, comida o alojamiento) y no la verdadera actividad que realizan estas plataformas. Bajo esta misma línea, próximamente deberíamos ver un proyecto llamado "Ley Airbnb" que califica su actividad como de servicio hotelero, o tal vez veremos un proyecto que considera a Rappi, Pedidos Ya u otros, como restaurantes.

Seguir este principio parece más un guiño a los grupos de interés de los mercados en que las plataformas han ingresado y que han visto cómo su negocio y participación, está siendo mermada.

Es más, puede ser contraproducente que en el primer proyecto que regularía de forma global un grupo de plataformas digitales, la respuesta sea someterlos a los paradigmas y restricciones de un sistema conocido, en vez de regular bajo los modelos de un mercado naciente como la economía digital. En palabras simples, el mensaje que se estaría enviado es: aceptamos lo nuevo en la medida que se adapte a lo conocido.

En este sentido, sería bueno volver a mirar lo que está realizando el Ministerio de Hacienda con el IVA a las plataformas digitales y conjugar dicha regulación con la formalización que buscaría la Ley Uber.

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