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DF Tax | Medidas de incentivo tributario en discusión para la reactivación de la economía: un respiro para las PYME

Esteban García Nadal, socio fundador de García Nadal Abogados.

Por: Esteban García Nadal | Publicado: Jueves 23 de julio de 2020 a las 04:00 hrs.
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Esteban García Nadal

Dentro de las distintas materias que han sido vistas por la Cámara de Diputados en los últimos días, a fin de contribuir a la reactivación de la economía, resulta destacable la aprobación de medidas tributarias transitorias, que pudieran implicar un beneficio real para las empresas en este tiempo de crisis, y muy particularmente para las acogidas al régimen pro PYME.

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Por una parte, está la medida de depreciación instantánea de 100% de los bienes físicos del activo inmovilizado que, de estar acotada a la Región de la Araucanía -como ocurre actualmente-, ahora se haría extensiva a todo el país, a fin de otorgar un incentivo a la inversión tanto por parte de PYME como de grandes empresas, atendido el menor coste de capital aparejado a dicha depreciación anticipada, que se haría extensible a todos los bienes adquiridos entre junio de 2020 -incluyendo nuevos e importados- y hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por otra, está la rebaja de 25% a 12,5% del Impuesto de primera categoría a favor de las PYME, para los ejercicios correspondientes al presente año 2020, el 2021 y 2022, en lo que constituye una rebaja transitoria del 50% en la tasa del impuesto corporativo por las rentas que éstas perciban o sean devengadas dentro de aquel período de tres años tributarios, que se ve complementando, además, con la posibilidad de obtener una devolución del IVA acumulado entre enero y mayo del presente año a que podrían acceder las PYME que registren una caída en sus ventas igual o superior al 30% en relación al mismo período en 2019, condicionado a que efectivamente mantengan un saldo de IVA acumulado y un buen comportamiento tributario (esto es, que hayan presentado oportunamente las declaraciones por IVA de los últimos 36 meses y no mantengan deuda vigente).

Estas nuevas medidas vienen a sumarse a aquéllas que ya fueron anunciadas y aplicadas por Hacienda el pasado mes de marzo, cuyo objetivo fue contribuir a la liquidez de las PYME, las grandes empresas y los trabajadores, por la vía de suspender la obligación de pago de PPM y la postergación en el pago de IVA durante los meses de abril, mayo y junio, del anticipo en la devolución de impuestos, la reducción al impuesto de timbres y estampillas a tasa 0% durante los meses de abril a septiembre, y la aceptación de gasto tributario en el caso de gastos generados durante la emergencia sanitaria originada por el COVID-19.

Desde ya, medidas como las antes señaladas en un contexto como el presente, en que el estancamiento y derecha paralización de muchas actividades productivas como consecuencia de las medidas que la autoridad ha debido adoptar para preservar la salud pública han provocado una severa desestabilización de la economía -que ya venía resentida con ocasión de las manifestaciones sociales iniciadas en octubre de 2019-, parecen ir en la dirección correcta. Y es que todas las medidas que vayan a favor de las empresas -y muy particularmente, a favor de las PYME- no sólo constituyen ventajas o beneficios al "empresariado", como ocasionalmente se ha querido exponer a la opinión pública, sino que revisten el potencial de constituir importantes herramientas para revertir, o al menos, contener las cifras de morosidad y desempleo nacional, intrínsecamente vinculadas a la sostenibilidad económica de las empresas.

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