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DF Tax | Modernización del gasto necesario

Por: Cristian Bonacic, senior manager de Tax & Legal de Deloitte | Publicado: Jueves 18 de julio de 2019 a las 04:00 hrs.
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Cristian Bonacic, senior manager de Tax & Legal de Deloitte

Las nuevas indicaciones al proyecto de ley de Modernización Tributaria, ingresadas hace unos días al Congreso, reformulan el concepto de gasto necesario para producir la renta, cumpliendo con el propósito de modernizar la norma vigente a la fecha, aunque restringiendo la redacción original contenida en el proyecto de ley.

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Sin perjuicio de lo anterior, de la normativa propuesta en las indicaciones nos parece importante destacar dos elementos. El primero de ellos consiste en que el gasto debe tener la aptitud de generar renta en el mismo o en futuros ejercicios, lo que permite su deducción cuando sea apto o idóneo para generar una renta, no siendo requisito que ésta efectivamente se genere. El SII ha sostenido y defendido reiteradamente la tesis de la correlación ingreso-gasto como elemento de la necesidad del mismo, rechazando la rebaja de un gasto que no tenga una renta asociada, mismo criterio que ha sido confirmado, mayoritariamente, por la jurisdicción tributaria.

Pero, además, la norma propuesta dispone que, aun cuando la renta se genere en un ejercicio futuro, el gasto podría rebajarse en el período en que se pague o adeude, no siendo requisito que la renta se genere en el mismo período en que se permite la rebaja.

El segundo elemento relevante consiste en que el gasto debe estar asociado al interés, desarrollo o mantención del giro del negocio. Respecto de este último propósito, la Corte Suprema ya había declarado que los desembolsos pagados o adeudados para la defensa judicial son deducibles en la medida en que el sostener una acción o una defensa judicial sea determinante para conservar o poder continuar desarrollando la actividad del contribuyente (¿podrían las costas judiciales caber dentro de esta nueva disposición?). En todo caso, el SII ya ha reconocido este criterio, por ejemplo, al permitir la rebaja de intereses provenientes de un crédito tomado para financiar disminuciones de capital o distribuciones de dividendos, de manera de evitar la venta de activos para cumplir estas obligaciones sociales.

En definitiva, la norma propuesta mediante la indicación gana en simplicidad y certeza jurídica respecto de la actual normativa vigente, otorgando mayor precisión a un concepto que no estaba claramente definido en la ley, y que incluso había motivado votos de inconstitucionalidad por parte de ministros del Tribunal Constitucional.

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