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DF Tax | Reinversión: la apuesta tributaria para alcanzar la reactivación económica

Paula Madariaga, directora área Tax Aninat Abogados

Por: Paula Madariaga | Publicado: Jueves 16 de julio de 2020 a las 04:00 hrs.
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Paula Madariaga

El 25 de junio pasado, el gobierno envió al Congreso un nuevo proyecto que contiene medidas de carácter tributario destinadas principalmente a inyectar liquidez a las PYME y fomentar la inversión. Entre ellas, sin duda las de mayor impacto se refieren al Impuesto de Primera Categoría.

En este sentido, la tasa del impuesto del régimen PYME se reduce del 25% al 12,5% y se aplicará por las operaciones de los años 2020, 2021 y 2022. Además, los pagos provisionales mensuales que deban hacerse por cuenta de este impuesto también se rebajan en un 50%.

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El régimen PYME otorga un 100% de crédito en contra del Impuesto de Primera Categoría al socio o accionista. Por ello, los contribuyentes de Global Complementario cuyos retiros anuales no superen la cantidad gravada con referida tasa marginal (esto es, $40 millones aproximadamente) en principio, no debieran pagar ninguna diferencia de impuestos por los mismos.

Por otra parte, el proyecto otorga derecho al 100% de depreciación por la adquisición de bienes, nuevos o importados, para todos los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría que determinen renta con contabilidad completa. En otras palabras, el valor total pagado por los bienes adquiridos entre el 30 de junio de este año y el 31 de diciembre del año 2022 se podría rebajar íntegramente de la base de cálculo del impuesto en el ejercicio de su adquisición.

Así, los contribuyentes que inviertan en activo fijo eventualmente no tendrían utilidades tributarias y no pagarían Impuesto de Primera Categoría, lo que dependerá de su resultado anual y del monto de la inversión. Sin embargo, este beneficio no alcanzará la tributación del socio o accionista, quien pagará sus impuestos sobre la utilidad financiera de los retiros. Lo anterior, por cuanto la diferencia de depreciación debe agregarse a las cantidades afectas a los impuestos finales en los registros tributarios del ejercicio.

Ambos incentivos están concebidos de manera simple y directa y buscan que los socios o accionistas de las PYME no retiren sus utilidades, obteniendo una inyección directa de recursos que permita seguir operando o invertir en nuevos recursos.

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