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El rayado de cancha en la salud digital

Felipe Fleiderman, CEO de Pharol

Por: Felipe Fleiderman | Publicado: Miércoles 22 de enero de 2020 a las 04:00 hrs.
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Felipe Fleiderman

El decreto supremo anunciado ayer por el ministerio de Salud, que se enmarca dentro del Plan Nacional de Medicamentos y que posibilitará las ventas de medicamentos de menor precio vía e-commerce a las personas, va en la línea correcta y es un hito importante hacia una transformación de la industria.

La propuesta muestra claramente el valor del canal online en el sector, el que permite a los pacientes buscar, cotizar, comparar, informarse y comprar productos explorando una oferta más completa de medicamentos innovadores, similares o genéricos, sean estos dos últimos bioequivalentes o no. Más allá de las nuevas propuestas y campañas, que sin duda suman positivamente, el verdadero ahorro para las personas está en poder tomar una decisión informada y el canal online contribuye en buena medida a este objetivo.

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Sin embargo, es fundamental que este decreto vaya acompañado de una regulación estricta, con normas que permitan delimitar muy bien el radio de acción, para que se mantenga en el tiempo como una buena medida y no se convierta al poco andar en un dolor de cabeza.

El proyecto estipula que la futura plataforma virtual "puede ser dependiente, o no, de una farmacia existente", lo cual abre un espacio muy delicado y podría poner en jaque la seguridad de los pacientes. ¿Qué capacidad de fiscalización existe para que no se generen páginas web pirata de venta de medicamentos? ¿Cómo se hará el seguimiento de que todos quienes hagan de intermediarios cuenten con lo permisos, las instalaciones y los conocimientos básicos para la dispensación de medicamentos? ¿Quién se encargará de realizar los controles adecuados?

Hoy el Decreto 466, que norma el reglamento de farmacias legalmente constituidas y establecidas en un lugar físico, indica que estas son los únicos establecimientos autorizados para el expendio de medicamentos, siendo el Químico Farmacéutico el responsable de supervisar la correcta dispensación de los medicamentos. Lo anterior, justamente para proteger y cuidar a los pacientes, situación que no podemos ni debemos perder de vista al momento de avanzar hacia modelos y estructuras más modernas que se ajusten a las necesidades actuales de las personas.

Cabe mencionar que cerca del 60% de las transacciones online de venta de medicamentos corresponde a productos con condición de venta de receta simple, es decir, que se debe presentar la prescripción médica al momento de hacer la compra, algo que resulta fundamental de controlar y respetar.

En esto, es fundamental también la necesidad de abordar los eventuales riesgos que implica la intermediación digital en materias como el uso de la información, en cuanto a protección de datos personales, entre otras materias. Garantizar un manejo adecuado de recetas médicas, sean estas físicas o electrónicas, y la información de los pacientes, requiere necesariamente de intermediarios acotados, registrados, normados y fiscalizables.

Como impulsores especializados de la dispensación online de medicamentos, apoyamos la iniciativa y aplaudimos la estrategia de potenciar el canal digital como herramienta para mejorar y democratizar el acceso a los fármacos, pero con el cuidado correspondiente y la normativa adecuada que permita un correcto "rayado de cancha" para los distintos actores de la industria, sin poner en riesgo la seguridad de quienes finalmente buscamos beneficiar, es decir, a nuestros pacientes.

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