Enrique Marshall

¿A quién y cómo regular?

Enrique Marshall, Director Magíster en Banca y Mercados Financieros PUCV, Exvicepresidente del Banco Central

Por: Enrique Marshall | Publicado: Miércoles 13 de enero de 2021 a las 04:00 hrs.
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Los movimientos entre fondos de pensiones están en la mira de los reguladores. ¿Existen argumentos sólidos para ello? En mi opinión, existe un problema, pero es necesario ser cuidadosos con las regulaciones que se establezcan. Quisiera aprovechar estas líneas para elaborar en torno de ello.

Primero, el sistema de pensiones contempla la posibilidad de moverse entre fondos con distintos perfiles de riesgo y rentabilidad. Ello es perfectamente razonable.

Segundo, se argumenta que estos movimientos pueden generar un impacto adverso sobre la estabilidad financiera. Es cierto, pueden generar volatilidad. Sin embargo, la estabilidad financiera no consiste en la inmutabilidad de los precios, sino en la capacidad de los mercados para ajustarse. El sistema sería extremadamente vulnerable si puede ser puesto en jaque por un grupo de pequeños cotizantes, por numeroso que éste sea.

Tercero, la formulación de recomendaciones generales de ahorro o inversión es algo perfectamente válido. Emitir consejos de esa naturaleza no es una acción irregular, tampoco debería levantar sospechas de conflicto de interés. Lo hacen implícita o explícitamente los economistas, por ejemplo, cuando entregan proyecciones sobre tasas de interés o tipo de cambio.

Los denominados asesores previsionales están en el ámbito de estas recomendaciones generales. Ellos prestan un servicio perfectamente acotado que no requiere regulaciones adicionales a las que ya existen y que aseguran un ejercicio profesional. Los conflictos de interés surgen cuando se hacen recomendaciones específicas, por ejemplo, sobre acciones individuales. Esto es lo que hacen los bancos de inversión u otros intermediarios y, por cierto, sus actividades deben estar bien reguladas.

Cuarto, los cambios masivos e inesperados entre fondos generan efectivamente un efecto adverso. Enfrentadas a esa posibilidad, las administradoras se ven forzadas a optar por inversiones de fácil liquidación y rendimientos más bajos, lo que resulta perjudicial para los afiliados con un perfil de inversionista de largo plazo. Sin embargo, prohibir estos movimientos no es una buena solución. Restringe opciones y aumenta la desafección con el sistema.

El problema que comentamos está reconocido y resuelto en la industria de los fondos mutuos e inversión con el cobro de peajes. Lo que corresponde, en este caso, es permitir el cobro de tarifas de salida por los movimientos que se hacen con excesiva frecuencia. Algo parecido rige para las cuentas de ahorro a plazo que limitan el número de retiros para tener derecho a cobrar intereses y/o reajustes.

No establezcamos restricciones absolutas. Pongamos los incentivos y dejemos que éstos hagan la pega. Pero, cuidado, cualquier cobro debería ir en completo beneficio de los afiliados que opten por una permanencia de largo plazo.

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