Fernando Barros

Inflación y dudas estadísticas

Fernando Barros Tocornal Abogado, Consejero de SOFOFA

Por: Fernando Barros | Publicado: Viernes 1 de marzo de 2019 a las 04:00 hrs.
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El Instituto Nacional de Estadísticas (INE), responsable de determinar, entre otras estadísticas, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), ha introducido cambios en la composición de la canasta y en otras variables, resultando en una nueva metodología de cálculo con base anual 2018 = 100. Lo anterior, con el objetivo de reflejar los cambios en los hábitos de consumo de las personas y poder entregar una medida más precisa de la variación de los precios más relevantes para la vida de los chilenos.

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Para el año calendario 2018, bajo la metodología anterior, el IPC se incrementó en un 2,6%, índice anual que, junto a sus componentes mensuales, ha determinado la variación de la UF y el ajuste de la mayoría de las obligaciones legales y contractuales, como ocurre en nuestra economía con su alto nivel de indexación a la inflación.

La primera medición bajo la nueva metodología, correspondiente al IPC de enero 2019, arrojó una variación mensual de +0,1%, inferior al 0,5% de enero 2018, con lo que si bien la variación del IPC para los últimos doce meses debió ser de 2,2% (2,6% - 0,5% + 0,1%), ello no fue así, ya que el INE aplicó retroactivamente la nueva metodología y calculó un nuevo índice para cada uno de los meses del año 2018. Ello generó, en la práctica, dos índices oficiales para cada uno de los meses del año recién terminado, con lo que la inflación habida desde el 1/02/18 al 31/01/19 ya no es de un 2,2%, sino que de un 1,8%.

Han surgido inquietudes respecto de los conflictos y confusiones que pudieren generarse a partir de esta dualidad, temiendo que se afecten legítimos derechos en la aplicación práctica de uno u otro índice oficial de inflación para los ajustes que abarquen parte del año 2018.

Así, de no mediar la variación metodológica comentada, se abre espacio a un sinnúmero de potenciales conflictos. Por ejemplo, un reajuste por IPC en remuneraciones, beneficios laborales y otras obligaciones reajustables aplicado en febrero último, debió ser de 2,2%, pero el índice oficial del INE, al cual se remite la mayoría de la legislación vigente y disposiciones contractuales, establece que el reajuste aplicable fue de un 1,8%. Con el correr de los meses, la diferencia entre los índices oficiales podría incrementarse y con ello los conflictos asociados a la percepción de injusticia de que se aplique una tasa que no es consistente con la que hoy la autoridad ha determinado como la oficial y más ajustada a la realidad actual.

Por otra parte, especialistas han manifestado preocupación por la incidencia que tendría esta “menor” inflación en la evolución de la Tasa de Política Monetaria (TPM), tomando en cuenta que la (nueva) inflación de 1,8% a 12 meses se ubica por debajo del piso (2%) del rango meta del instituto emisor.

¿Deberíamos suponer, entonces, que el Banco Central aplazaría el retiro del estímulo monetario? ¿O la mantención de la TPM por un tiempo más prolongado, esfumándose la expectativa de un alza para fines de este año o comienzos del próximo?

Muchas interrogantes, evitables por cierto, en un tema que es de suma importancia para la economía y para las decisiones de las personas en materia económica y en diversos ámbitos, las cuáles pueden verse afectadas por la incertidumbre asociada a los efectos de la retroactividad de la metodología de cálculo de la inflación oficial. Parece prudente que se precisen el alcance y validez de esta dualidad de índices inflacionarios.

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