Hermann González

Proyecciones fiscales cuestionadas

Hermann González Economista Principal BBVA Research Chile

Por: Hermann González | Publicado: Jueves 9 de noviembre de 2017 a las 04:00 hrs.
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Con la presentación del Proyecto de Ley de Presupuestos del año 2018, han surgido una serie de cuestionamientos a las proyecciones de ingresos efectivos y estructurales presentadas por el gobierno y, en consecuencia, al gasto público que se deriva de estimaciones consideradas optimistas.

De los distintos tipos de críticas que se han hecho, algunas son justificadas y otras carecen de sustento. Dentro de las primeras, está la razonable duda que genera la metodología utilizada para proyectar los ingresos fiscales efectivos. Si bien el escenario macroeconómico presentado con el Presupuesto no parece desalineado de las expectativas de consenso, por diversas razones que están en discusión, este mismo escenario da origen a un incremento real de los ingresos de 7,4%. Ciertamente los analistas no contamos con toda la información que tiene la Dipres para hacer la estimación. Sin embargo, esto no hace más que dejar en evidencia la necesidad de avanzar en la transparencia e independencia de las proyecciones de ingresos, incluyendo la elaboración de escenarios de riesgo en torno a las cifras presentadas. Por otra parte, a diferencia de otras proyecciones económicas, en el caso de las cifras fiscales debiese primar un criterio conservador, dada la asimetría de las consecuencias que ocasionan eventuales sorpresas positivas o negativas en esta materia.

Dentro de las críticas con menos sustento, está el debate que se ha generado por la incorporación de los ingresos asociados al impuesto sustitutivo del FUT (ISFUT) como parte de los ingresos estructurales. La crítica apunta a que por tratarse de ingresos por una vez, éstos debieron ser excluidos del cálculo. Sin embargo, la regla fiscal chilena no es una regla de gasto basada en ingresos fiscales permanentes, sino una basada en ingresos ajustados por el ciclo. Así fue definido en sus inicios y fue confirmado por el Comité Asesor para el Diseño de una Política de Balance Estructural de Segunda Generación para Chile, convocado en mayo de 2010 para elaborar propuestas para perfeccionar la regla fiscal. Dicho Comité fue enfático en señalar que no se debía otorgar un tratamiento diferenciado a las medidas transitorias al momento de realizar los ajustes cíclicos, excepto las de reversión automática, que significan traspaso de liquidez de un año a otro. La lógica detrás de esta recomendación es muy clara. El gran número de este tipo de medidas, así como la dificultad para calificar la transitoriedad de un ingreso, generan una serie de problemas en la aplicación de una regla fiscal, los que terminan por afectar la transparencia y predictibilidad del instrumento. Considerando que los ingresos adicionales del ISFUT no corresponden a una medida de reversión automática, es correcto mantenerlos dentro de los ingresos cíclicamente ajustados.

Nos hemos referido a dos de las críticas que se han hecho a las cifras del Presupuesto, pero éstas no son las únicas. La controversia en torno a las proyecciones de ingresos suele ser mayor en un año de elecciones presidenciales como el actual, dejando de manifiesto que este tipo de críticas, que alejan el foco de la discusión de los temas más relevantes, se podrían atenuar en gran medida si existiera un ente técnico, autónomo, que trascendiera a los gobiernos y que pudiera respaldar las cifras, dando mayor certeza a los distintos agentes económicos acerca de la idoneidad de las proyecciones fiscales.

Tal como lo recomendó hace ya siete años el Comité Asesor antes referido, una opción para alcanzar este objetivo es la creación de un Consejo Fiscal Independiente (CFI), una pieza que hoy se considera clave en un marco institucional eficiente y moderno para la política fiscal. Respecto de su diseño y funciones, la evidencia sugiere que los CFI dominan a las oficinas presupuestarias de los congresos y que contribuyen a la disciplina fiscal, pero dicho aporte depende de que tenga dedicación exclusiva, evalúe los supuestos y proyecciones de la autoridad fiscal, monitoree el cumplimiento del presupuesto, tenga fuerte presencia pública, dé cuenta de sus actividades y sea realmente independiente.

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