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Impuesto a las empresas: ¿quién paga la cuenta?

Hernán Cheyre V. instituto de Emprendimiento U. del Desarrollo

Por: Hernán Cheyre V. | Publicado: Miércoles 30 de enero de 2019 a las 04:00 hrs.
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Hernán Cheyre V.

Los detractores del proyecto de modernización tributaria presentado por el gobierno han centrado su argumentación en identificar “ganadores” y “perdedores” de la iniciativa, a partir del cálculo aritmético de que la menor recaudación asociada a la reintegración (US$ 833 millones) beneficiaría en mayor proporción a los sectores de más altos ingresos.

De acuerdo a las cifras entregadas por el director del SII, el 40% de ese total beneficiaría a empresas extranjeras que pagan el impuesto adicional, y de los casi US$ 500 millones restantes, el 46% recaería en 24.917 personas que actualmente pagan la tasa marginal del 35%, distribuyéndose la otra mitad en personas ubicadas en los otros tramos de la escala tributaria.

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Desde otro ángulo, los datos del SII indican que el año pasado hubo 150 mil pymes que, pudiendo haberse beneficiado del régimen simplificado (art. 14 ter), tributaron bajo el régimen de semi-integración, lo cual les significó, en la práctica, tener que pagar una sobretasa del 9,45% en el impuesto global complementario, al poder utilizar como crédito tributario a nivel personal sólo una parte del total pagado por la empresa.

La vuelta al sistema de integración para estas pymes se estima va a favorecer a aproximadamente 300 mil personas, de las cuales 80 mil se encontraban el año pasado en el tramo exento del global complementario, pero tuvieron que pagar la sobretasa del 9,45%; 130 mil estaban en el tramo del 4%; y sólo 10 mil contribuyentes, socios de pymes acogidas al régimen de semi-integración, estuvieron en el tramo superior del 35%.

En cuanto a los efectos de la menor recaudación, es efectivo -y obvio- que los mayores montos se concentran en los grupos de ingresos más altos, por cuanto a nivel global es ahí donde están radicados los mayores montos. Lo que no se dice es que buena parte de este grupo de mayores ingresos ya obtuvo un beneficio adicional con la reforma del 2014, al permitírseles pagar un impuesto sustitutivo a una tasa inferior por concepto de utilidades acumuladas.

En consecuencia, aún si se aprobara un aumento en la tasa marginal a 40% para las personas naturales, los sectores de mayores ingresos no se verían afectados, por cuanto la reforma de 2014 ya les permitió “asegurar” una tasa más baja. Esa es la verdad.

Por último, cabe tener presente que los efectos económicos de la tributación trascienden el cálculo aritmético respecto de quién contribuye en el papel a generar la recaudación. La incidencia económica va mucho más allá de esto, y se basa en la estructura de los mercados. Así como una mayor tasa de cotización a la seguridad social de cargo de los empleadores a fin de cuentas también la terminan pagando los trabajadores -independientemente de lo que se señale en la ley-, no es cierto que el impuesto a las utilidades lo paguen en su totalidad los empresarios.

Habiendo movilidad internacional de capitales, y mercados competitivos para los productos que se transan internacionalmente, un impuesto a las utilidades de las empresas a fin de cuentas se hace sentir en menores salarios en toda la economía -consecuencia de la menor acumulación de capital, que afecta la productividad de los trabajadores-, y en algún grado en mayores precios de los productos que no se comercian internacionalmente, donde los dueños del capital tienen la opción de traspasar a precio parte del mayor impuesto a las utilidades. Se echa de menos este tipo de consideraciones en el debate tributario actual.

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