Columnistas

Los nuevos sistemas de tributación

Álvaro Moraga Socio Moraga y Cía Abogados

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El SII se encuentra en la fase final del proceso de redacción de la Circular en la cual se contendrán las instrucciones administrativas aplicables a los nuevos sistemas tributarios que entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2017: renta atribuida y parcialmente integrado. Es un momento clave para todos los actores del sistema, en especial para el propio SII. Mucho se ha hablado que la gran dificultad de la cabal implementacion interna de la reforma y será esta Circular la que la facilitará o hará aun más engorrosa. La Circular debe ser elaborada considerando la realidad de las empresas, ya que coexistirán a lo menos 3 tiempos: la contabilidad al 31/12/14, al 31/12/16 y a partir del 1/1/17, pudiendo detectarse elementos cuya interpretación será determinante en la toma de decisiones.

Uno de ellos dice relación con el año 2022, al cumplirse 5 años de vigencia del sistema, época en la cual se podrá optar por un cambio de régimen y donde en determinadas circunstancias será necesario, para materializar el cambio de régimen, efectuar el Término de Giro y pagar el impuesto respectivo, lo cual conllevará que la posibilidad real de optar por un nuevo régimen sea casi nula. Otro aspecto dice relación con el Fondo contemplado en la letra d) del número 4 del nuevo artículo 14 -Fondo de Utilidades Financieras-, y en particular, clarificar qué sucede si los retiros de este Fondo fueren superiores al tope. Igualmente, el orden de imputación de los retiros debe clarificarse, y no sólo para el primer año, sino que para siempre. La reforma importa la concurrencia de 3 órdenes de imputación sobre las cuales no hay ninguna claridad.

La nueva Circular debe hacerse cargo íntegralmente de la Administración del impuesto a la renta, aclarando el conjunto de declaraciones juradas a las cuales se verá obligado el contribuyente, como igualmente los Registros que debe llevar, con la consecuente reglamentación de éstos, considerando la existencia de una gran cantidad de empresas que, teniendo distintos socios no relacionados, son a su vez socias de otras sociedades, donde se generarán distintos incentivos, desincentivos y/o realidades para tributar de una forma u otra y donde el sistema tributario debe colaborar en la generación y desarrollo de los negocios y no transformarse en una cortapisa que termine anulando sinergias y obligando a divisiones que bajo la racionalidad jurídico comercial, no tienen justificación ni sentido alguno.

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