María José Zaldívar

Herencia en pensiones: la punta del iceberg

María José Zaldívar Abogada, ex ministra del Trabajo

Por: María José Zaldívar | Publicado: Jueves 16 de diciembre de 2021 a las 04:00 hrs.
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Un senador dijo que en materia de seguridad social "no existe la propiedad privada", al explicar por qué en el sistema que está proponiendo su coalición no habría derecho a herencia. Y la verdad es que, en términos generales, tiene bastante razón; pero para entender por qué en nuestro país síi está consagrada la propiedad en el sistema de pensiones es necesario conocer nuestra historia.

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Primero, no es lo mismo herencia que pensión de sobrevivencia. Los sistemas de seguridad social, por lo general, reconocen las prestaciones de sobrevivencia, que son las que reciben los hijos menores hasta que cumplen la mayoría de edad, y el o la cónyuge. La herencia, en cambio, es la suma que reciben los herederos cuando no hay que pagar pensiones de sobrevivencia. El caso, por ejemplo, de un padre viudo que muere dejando un sólo hijo de 25 años.

En el sistema actual, la totalidad de los fondos son de propiedad del trabajador y, en caso de fallecer, los reciben sus familiares ya sea como pensión o como herencia.

Esto no siempre fue así, puesto que en el antiguo sistema en que sí había pensiones de sobrevivencia, no existía el derecho a herencia. Si un trabajador fallecía sin cónyuge o hijos menores, los fondos se quedaban en el sistema para financiar los beneficios de otros cotizantes. Lo mismo ocurría si no se cumplían los requisitos de la Caja para acceder a una pensión. En algunas se requería, por ejemplo, un mínimo de 20 años de cotización, que de no tenerlos no daba derecho al beneficio; en otras, ser imponente activo al momento de jubilarse, por lo que si estaba cesante al cumplir los 65 años, tampoco tenía derecho. Los dineros aportados por el trabajador pasaban al fondo común, con lo cual se hacía solidaridad. Las personas que no accedían a un beneficio quedaban con una sensación de injusticia, agravada por el hecho de que los requisitos de cada una de las Cajas eran diferentes, siendo mayores en aquellas con menor poder de negociación.

Y es por eso que, cuando se comenzó la modificación del sistema de pensiones en la década del 60, se consideró indispensable corregir estas deficiencias e inequidades. Así, de un sistema con un fuerte componente colectivo y solidario, se buscó uno que garantizara siempre un beneficio si se había aportado, garantizando un incentivo a la cotización.

La historia posterior ya la conocemos. El sistema basado exclusivamente en el esfuerzo individual tampoco resultó exitoso, y se debió modificar profundamente, incorporándole en 2008 un pilar solidario, que -sin embargo- tampoco ha logrado entregar lo prometido. Desde entonces, llevamos casi 14 años tratando de crear una tercera vía, pero para ser exitosos esta vez es importante conocer la historia y los modelos sin prejuicios y, entender bien cómo funcionan.

Solidaridad y herencia son contrapuestos, pues uno prioriza lo colectivo, mientras el otro enfatiza lo individual. Es necesario que los sistemas tengan componentes solidarios, pues el esfuerzo individual ha demostrado no ser suficiente, pero tan importante como eso son los incentivos. Son muchos quienes no están de acuerdo con contribuir a un sistema donde su esfuerzo no sea recompensado. Son muchos los que no les parece justo que su esfuerzo beneficie de igual manera a quienes no han contribuido. Así como son muchos los que creen que debe haber más solidaridad en el sistema.

El enorme desafío que tenemos es construir un nuevo sistema en el que estas ideas expuestas, que parecen contrapuestas, logren armonizarse para tener finalmente un sistema de pensiones a la altura de las necesidades y expectativas.

La discusión sobre si los fondos son o no heredables es sólo la punta del iceberg.

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