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Nuevos retos para el sector energético

Daniela Martínez Miembro de la red Espacio Público Socia Quintanilla & Busel Niedmann

Por: Daniela Martínez | Publicado: Miércoles 7 de marzo de 2018 a las 04:00 hrs.
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Daniela Martínez

Debido a casos como los de las centrales Barrancones o Castilla, la localización de la infraestructura energética en el territorio ha generado discusión durante la última década. Pues bien, el 15 de febrero y después de años de discusión, se publicó la Ley 21.074 que cambia las reglas en esta materia. Actualmente, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones establece que las centrales de energía están admitidas en todo el territorio nacional rural, lo que significa que ningún plan regulador puede prohibir su localización.

La misma normativa establece que las líneas de transmisión o distribución también estarán siempre admitidas, pero ya no sólo en el territorio rural, sino que también en el territorio urbano.

La Ley 21.074 razonablemente modifica esta regulación, dándole voz en esta decisión tanto a las regiones, como a los ministerios que representan intereses que deben conjugarse para el bien del país, como son la protección del medio ambiente con el desarrollo energético.

Esto se hace a través de la creación de dos instrumentos: la Política Nacional de Ordenamiento Territorial (PNOT) y el Plan Regional de Ordenamiento Territorial (PROT). La PNOT será elaborada por una comisión formada por doce ministerios y “establecerá las reglas aplicables a las redes e infraestructuras que tengan un ámbito de influencia u operación que exceda el territorio regional”.

El PROT será elaborado por los Gobiernos Regionales y podrá, en forma vinculante, establecer en las zonas rurales “condiciones para la localización” de infraestructura energética e identificar áreas para su “localización preferente”.

La implementación de la Ley 21.074 presenta grandes desafíos para la nueva administración. El primero, consiste en clarificar si estos instrumentos podrán prohibir o no la localización de infraestructura energética en ciertas zonas, ya que la ley no es clara en este sentido. El segundo, es uno de gestión y coordinación. El Ministerio de Energía, con su unidad de gestión territorial, ya ha creado capacidad en esta materia.

Sin embargo, es necesario que las empresas del sector, la Comisión Nacional de Energía y el Coordinador Eléctrico Nacional participen asimismo en la elaboración de estos instrumentos para evitar descoordinaciones que lleven, por ejemplo, a la imposibilidad de implementar una o más obras decretadas en un plan de expansión de la transmisión, por ser contrarias a la PNOT o a los PROT.

En definitiva, los beneficios de esta nueva regulación debieran superar los costos que implica resolver esos desafíos, pero para que esto suceda es necesario que el sector energético integre en su visión de desarrollo los temas de ordenamiento territorial.

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