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Ofrezco gratificaciones, ¡aquí y ahora!

RODRIGO UGARTE Socio Aninat Abogados

Por: RODRIGO UGARTE | Publicado: Viernes 3 de diciembre de 2021 a las 04:00 hrs.
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RODRIGO UGARTE

Hace algunas semanas se conoció la aprobación por parte de la Cámara de Diputados del Proyecto de Ley que modifica el Código del Trabajo en materia de participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Se trata de un proyecto originado en una moción parlamentaria del diputado del Partido por la Democracia Tucapel Jiménez Fuentes, y presentado el 14 de noviembre de 2019, solo unos días después de iniciado el estallido social.

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El proyecto modifica las gratificaciones reguladas en el Código del Trabajo, eliminando la facultad del empleador para elegir el sistema de gratificación a pagar, estandarizándolo y aumentando su base de cálculo, debiendo repartir el 8, 10 o el 15% de sus utilidades líquidas, de acuerdo a su facturación anual, y establece un monto base a pagar de 0,5 ingresos mínimos mensuales a título de anticipo de gratificación, elevando, por tanto, el límite actual de 4,75 a 6 ingresos mínimos mensuales a pagar en el año.

Los cambios que plantea el proyecto son sustanciales, si se considera la eliminación del cálculo actual sobre la utilidad líquida, que permite deducir el 10% del valor del capital propio del empleador, lo cual aumentará considerablemente la utilidad a repartir entre los trabajadores.

Cambia, por tanto, la lógica del pago de la gratificación como la conocemos: el empleador deja de elegir el sistema de gratificación a pagar y, en cambio, es la ley la que determina el monto, en función de la facturación anual.

Más allá del mérito -o el demérito- de este proyecto en particular, la pregunta que cabe hacerse es si el mercado laboral está en condiciones de absorber los mayores costos que la iniciativa supone, particularmente las micro, pequeñas y medianas empresas. Esto, por cuanto existen una multiplicidad de proyectos de ley del más variado orden en materia laboral en el Congreso que, de aprobarse, podrán generar un gran impacto en las cargas y costos para los empleadores, a saber: reducción de jornada laboral, limitación de horario para los trabajadores del comercio, fuero a los trabajadores de la salud, aumento de feriados obligatorios e irrenunciables, reforma al sistema de pensiones y un larguísimo etcétera, de los cuales, solo este último tiene su origen en el Ejecutivo.

¿Quién y cómo vela por el equilibrio del mercado laboral, particularmente en tiempos de crisis? La respuesta aparenta ser sencilla: bastaría con respetar la iniciativa exclusiva que, en la Constitución actual, tiene el Ejecutivo en materia de aumento de remuneraciones del sector privado.

A juzgar por los resultados de la última elección parlamentaria, que conllevó un mayor equilibrio entre los distintos actores políticos, es de esperar que el nuevo Congreso respete el principio de iniciativa exclusiva Presidencial, y legisle buscando la necesaria armonía entre mejoras de las condiciones de trabajo y la estabilidad del mercado laboral, velando por su sustentabilidad en el tiempo.

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