Columnistas

Prevenciones sobre el fortalecimiento del Sernac

Esteban García Nadal Socio Director de García Magliona

Por: Esteban García Nadal | Publicado: Miércoles 14 de junio de 2017 a las 04:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Actualmente, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) se encuentra facultado para promover entendimientos entre consumidores y proveedores, por medio de procesos de mediación. Sin embargo, estos procesos son de carácter voluntario, y los proveedores pueden optar por comparecer o no, en forma libre. Es decir, bajo la regulación vigente el Sernac no constituye una instancia en la cual pueda obtenerse una solución definitiva a los conflictos relacionados al consumo, sino que sólo constituye un ente facilitador, al cual se recurre para intentar un diálogo previo a la interposición de acciones legales.

Pues bien, el proyecto de reforma presentado por el Ejecutivo ha tenido como uno de sus principales ejes robustecer al Sernac, dotándolo de diversas facultades para dar remedio a las limitaciones que llevaron a que muchas veces se hiciera referencia a éste como un “león sin dientes”. Sin embargo, ¿es prudente transitar de un polo al opuesto y conferirle al Sernac facultades para fiscalizar, sancionar, interpretar la ley y dictar normas de carácter general, como se pretende?

Ya en sus inicios, la iniciativa observaba que “los mercados necesitan de reglas claras y de organismos que las ejecuten eficazmente, a fin de generar confianza en la ciudadanía y además, reprimir severamente a quienes, quebrantando dicha confianza, cometan abusos.” Lo expuesto resulta irrefutable, pero lo cierto es que la necesidad de efectuar un control efectivo no puede ceder ante el deber de resguardar las garantías asociadas a un debido proceso, cuya eficacia pudiera verse eventualmente afectada frente a una entidad plenipotenciaria.

Al respecto, vale recordar los cuestionamientos que tradicionalmente se han efectuado a la estructura de las superintendencias que, al concentrar su autoridad sobre la figura unipersonal de un superintendente, investido con autoridad para investigar y sancionar las posibles infracciones cometidas por los entes sujetos a su supervigilancia, han despertado dudas respecto a la imparcialidad y el debido proceso ante ellas (ilustrando lo anterior, considérese el reciente fallo por el que la Corte Suprema confirmó la decisión de dejar sin efecto una sanción aplicada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras a una entidad bancaria, por reparos en el proceso llevado ante ella).

En definitiva, la necesidad de armonizar el robustecimiento de las facultades del Sernac con la plena observancia de las garantías de los sujetos fiscalizados ha de ser uno de los principales focos del proyecto. La tarea, por cierto, no es sencilla, pero sin duda es indispensable para lograr el fin de lograr un mercado equilibrado, en que tanto consumidores como proveedores se vean amparados en forma equitativa.

Lo más leído