Columnistas

¿Quién debe preocuparse de nuestro patrimonio?

Director Ejecutivo Patagon Land Investment¿

Por: Jaime Iglesis | Publicado: Viernes 17 de febrero de 2017 a las 04:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Hoy en día las exigencias de los consumidores han cambiado y se enfocan en un mayor valor por el entorno y el rescate patrimonial, hecho que nos desafía a las inmobiliarias a adaptarnos para atender estos requerimientos.

El cliente ya no solo busca una arquitectura excepcional o un diseño de fachada sobresaliente, sino además, un barrio que contribuya a su calidad de vida.

Este aumento en el interés por el cuidado del entorno ha provocado que se dé por sentado que son las inmobiliarias las llamadas a conservar el patrimonio y, si bien esta es una actitud que la industria debería adoptar prácticamente de forma automática para satisfacer las necesidades de los consumidores, la responsabilidad no debe recaer al 100% en los privados, sino que debe ser un trabajo conjunto entre éstos y el sector público.

Así lo han entendido países como Perú, donde cuentan con un altísimo nivel de riqueza patrimonial gracias a las motivaciones que perciben las inmobiliarias a la hora de adquirir un inmueble de este tipo, pues al no destruirlo reciben por parte del municipio un aumento en constructibilidad para desarrollar otro proyecto, en una zona distinta predefinida por el mismo municipio.

Nada de esto existe hoy en Chile. La responsabilidad de la conservación del patrimonio recae en los municipios y en organismos del Estado y en el caso del sector privado, es producto del compromiso que éste, inherentemente, tiene con el patrimonio, sin que existan motivaciones que promuevan esta conducta. Sin ir más lejos, la nueva institucionalidad dispuesta tras la creación del Ministerio de Cultura en 2013 y la Ley N°17.888 no considera mecanismos de compensación para los propietarios de monumentos nacionales.

A lo anterior se debe agregar que al ser los municipios los responsables de la aprobación final de los anteproyectos y permisos de edificación, en reiteradas oportunidades iniciativas propias de las inmobiliarias para agregar valor patrimonial se han visto limitadas, salvo algunos casos en los que el Plan Regulador Comunal establece condiciones de edificación que directamente apuntan a la conservación patrimonial. Es el caso de Puerto Varas, donde a través de una ordenanza especial para el tratamiento de fachadas se establece un porcentaje obligatorio de uso de materiales nobles, tipos de techumbre y de soleras.

En este marco, es imperativo que se trabaje en políticas que permitan al sector inmobiliario acceder a incentivos concretos que apunten a la conservación patrimonial y que los privados podamos trabajar en conjunto con las municipalidades, de cara a crear mejoras en el entorno y, en definitiva, mejores soluciones para nuestros clientes.

Lo más leído