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Reforma tributaria, ¿cómo mejorarla?

Mónica Pérez Zúñiga Presidenta Nacional Colegio de Contadores de Chile 

Por: Mónica Pérez Zúñiga | Publicado: Miércoles 13 de febrero de 2019 a las 04:00 hrs.
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Mónica Pérez Zúñiga

Mientras aún se discute entre el gobierno y la oposición una forma de destrabar la idea de legislar sobre el proyecto de modernización tributaria, el Colegio de Contadores de Chile lo ha analizado, entregando una serie de recomendaciones que permiten consolidar una reforma más equitativa y eficiente.

En primer lugar, apostamos por una integración total. No es posible la cohabitación de dos sistemas, dada su engorrosa implementación y su alto costo económico en términos de fiscalización y ejecución por parte de los contribuyentes.

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Según análisis preliminares, el costo de la integración sería de un 9.45% de impuesto sujeto a restitución. Proponemos que este financiamiento lo asuman las grandes empresas, con el impuesto de primera categoría en carácter de crédito 100%, pero sin derecho a devolución. Podría considerarse también que el impuesto del 25% para las grandes empresas sea de forma completa un crédito sin derecho a devolución, pero que los dividendos y retiros se tributen por medio del Impuesto Global Complementario.

Nos parece inapropiado financiar los 9,5 puntos que implica reintegrar los sistemas (Art. 14 A y 14 B) con un alza de cinco puntos porcentuales en el impuesto Global Complementario, es decir, tasa máxima del 35% al 40%. Es importante tener en cuenta que la tabla del Impuesto Global Complementario en sus siete tramos (4% al 35%) no ha sido actualizada desde hace varios años. Proponemos que se estudie su posible actualización, con el objetivo de que la estructura de los tramos sea más justa y equitativa, de tal forma que la escala actual del Impuesto Global Complementario, si llegase a modificarse, suba el tramo mayor al 40%, pero sobre los $ 120.000.000 y no sobre los $ 69.000.000 vigentes.

El proyecto de reforma tributaria mantiene como base de tributación el Capital Propio Tributario, lo cual entronca ventajas operativas, evitando revisiones de saldos pendientes de tributación final por más de los seis años de prescripción que contempla la ley. No obstante, no nos parece adecuado crear un impuesto por diferencias detectadas en la determinación del Capital Propio Tributario y las utilidades informadas en los registros FUT o RRE, ya que estas diferencias pueden corresponder a errores o en muchos casos a diferencias producto de reorganizaciones empresariales.

Por último, el Ejecutivo recoge la preocupación por las pymes, no obstante, creemos que debería considerarse eliminar la obligación de pagar el impuesto de primera categoría, restando solamente el del Global Complementario, permitiendo que el PPM se calcule en base a los impuestos personales de los socios, según las tasas con las que se afectaron.

A través de estas recomendaciones esperamos colaborar con la discusión técnica del proyecto de modernización tributaria. Seguiremos aportando en esta línea a través de diversas instancias, apoyando la promulgación de una ley eficiente y equitativa.

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