Columnistas

Reforma tributaria e instrucciones del SII para su aplicación

Por: DF Tax | Carolina Gálvez | Publicado: Jueves 30 de enero de 2020 a las 04:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

DF Tax | Carolina Gálvez

Ad portas de la aprobación de la reforma tributaria por la Cámara de Diputados y el Senado, se encuentra cada vez más cerca de convertirse en Ley. Esta reforma tiene por propósito recaudar alrededor de US$ 398 millones durante 2020, por lo que, de aprobarse, será fundamental que rápidamente se dicten por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) las instrucciones necesarias para su efectiva aplicación y fiscalización.

Así, y por vía de las instrucciones que se dicten, deberían aclararse ciertas materias, dentro de las que podemos mencionar como ejemplo:

1) Régimen para Pymes: El proyecto de ley propone la reintegración del sistema tributario sólo para las Pymes cuyas ventas no excedan de 75.000 UF anuales, estableciéndose su aplicación automática para Pymes operativas. Por lo que será fundamental que se instruya rápidamente a los contribuyentes acerca de este régimen, indicándose en la forma precisa cómo deberán readecuarse a los nuevos registros que les correspondan a partir de este año.

2) Sobretasa de impuesto territorial: El proyecto establece una sobretasa anual de impuesto territorial aplicable al avalúo fiscal total de los bienes raíces, en la parte que excedan de 670 UTA (aproximadamente $400 millones, según su valor al 31 de diciembre del año anterior). La base imponible corresponderá a la suma total de los avalúos fiscales de cada uno de los bienes raíces de propiedad de un mismo contribuyente. Esta sobretasa se aplicará de forma marginal y por tramos, devengándose anualmente al 1 de enero y considerará en el cálculo los bienes raíces inscritos a nombre de los contribuyentes al 31 de diciembre del año anterior. En cuanto al giro y pago de la sobretasa, ésta se efectuaría en los meses de junio y diciembre de cada año, al igual que el pago de las contribuciones.

En relación con este impuesto, será de gran importancia que se dicten por parte del SII instrucciones específicas acerca de su determinación y aplicación, además de la forma en que se dará solución en los registros del SII a aquellas situaciones en que por distintos motivos las propiedades no se encuentren a nombre de sus dueños.

3) Servicios digitales: El proyecto contempla un nuevo hecho gravado con IVA, referente a los servicios prestados en forma digital, que sean realizados por prestadores domiciliados o residentes en el extranjero. De esta forma, se gravarán con IVA los pagos realizados a Netflix u otras plataformas similares. En este sentido, también serán de gran importancia las instrucciones que imparta el SII en cuanto la retención y pago en arcas fiscales del IVA que se genere por este nuevo hecho gravado.

Los anteriores son sólo algunos ejemplos, acerca de la forma en que la pronta acción del SII en la emisión de instrucciones acerca de la implementación de la reforma tributaria tendrán un papel fundamental, en que ésta se aplique efectivamente, además de lograr el cometido de aumentar la recaudación a partir de 2020.

Lo más leído