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Regular las FinTech es más que el crowdfunding

Álvaro Moraga Presidente del Directorio de Capitaria Social Fintech (UK)

Por: Álvaro Moraga | Publicado: Viernes 22 de febrero de 2019 a las 04:00 hrs.
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Álvaro Moraga

El prejuicio del capitalino frente al provinciano normalmente dice relación con el tamaño de su ecosistema. Lo que se celebra en el pueblo como un gran avance o una gran noticia es, a ojos del habitante de la capital, insignificante o más bien folclórico. Y Chile, en el concierto financiero mundial, no es la excepción. Si bien es cierto que en los últimos años dos bancos chinos han obtenido licencia bancaria para operar en nuestro país, de ahí a creer que una economía de 1.400 millones de habitantes tenga interés en un mercado de 18 millones es, a lo menos, ingenuo.

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Para China (y para todo el primer mundo), Latinoamérica es un todo, nos guste o no. Y Chile, en materia financiera, no puede exhibir el volumen de México, Brasil, Argentina, Colombia o incluso Perú. Sin embargo, lo que sí puede exhibir es un sistema financiero tradicional sólido, no en volumen, pero sí en estabilidad y seguridad jurídica, lo cual es una consecuencia directa de una regulación visionaria e innovadora que data de principios de la década de los 80.

En estos días ha sido noticia el “white paper” elaborado por la Comisión para Mercado Financiero (CMF) sobre “Regulación del Crowdfunding y Servicios Relacionados”, que ha sido muy bien recibido por una parte del mercado, ya que da cuenta de una visión correcta plasmada en su introducción, e igualmente en temas como el registro de las entidades, los innovation hubs, o la proporcionalidad de las exigencias y su regulación secundaria.

Sin embargo, lo que no se entiende es que estas buenas intenciones de generar un marco regulatorio que mitigue los riesgos, por una parte, y permita el desarrollo de nuevos mercados, por la otra, se plasmen en un documento que se centra en una parte menor de la industria FinTech, cuyos volúmenes transados en Chile llegaron en 2017 a 150 millones de dólares anuales, en circunstancias que otras áreas del ecosistema FinTech transan ese mismo monto en forma diaria.

Pretender legislar en temas globales sobre la base de entender a Chile como el globo, es un error. FinTech es inclusión financiera. Y la inclusión financiera se consigue con competencia. La ausencia de temas tan simples y de efecto inmediato real -ya que no requieren de una ley- como son los puentes regulatorios (Regulatory Bridges), da cuenta de aquello que se extraña. El ecosistema FinTech se compone a nivel mundial de miles de empresas de Lending, Personal/Finance, Payments, Equity Financing, Remittances, Retail Investing, Institutional Investing, Security, Infraestructure, Bussines Tools, Crowdfunding, Online Banking o Research and Data. Y muchas de ellas se encuentran reguladas en EEUU, Londres, Singapur o Australia.

Tal como en la aeronavegación, y al igual como lo han hecho los reguladores de estos países, basta con validar las regulaciones de las jurisdicciones más avanzadas para autorizar la operación de empresas extranjeras, generando como efecto inmediato la inclusión financiera a través de la competencia inmediata que la llegada de cientos de empresas generaría.

Si Chile quiere generar competencia, inclusión y democratización financiera, no parece recomendable someter el tema al “filtro” de nuestros parlamentarios ni menos dejarlo entregado a sus tiempos. La CMF, a diferencia de la antigua SVS, tiene el mandato legal de instar por el desarrollo del mercado financiero. Y ahí está su real desafío: usar con convicción las herramientas que el ordenamiento jurídico le ha entregado.

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