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Residuos en Chile: el reciclaje primero

Pablo Badenier Ex Ministro del Medio Ambiente

Por: Pablo Badenier | Publicado: Viernes 13 de julio de 2018 a las 04:00 hrs.
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Pablo Badenier

La inminente promulgación de la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas en el comercio ha reavivado el debate en torno a la excesiva generación de residuos en nuestro país, y a la necesidad de avanzar con mayor decisión en la implementación de los decretos que viabilizan la materialización de ley de fomento al reciclaje aprobada en 2016.

La urgencia y el consenso con los cuales se legisló sobre la materia permitieron convertir en ley un marco jurídico integral, cuyo objetivo es disminuir la generación de residuos, incentivar la innovación en el uso de materiales reciclables o reutilizables, y transferir al productor o importador de bienes que se trasforman en residuos los costos de la recolección diferenciada y su valorización. Los instrumentos de gestión que se crean permiten alejarnos del error de legislar según tipos específicos de residuos, y optar por incentivos concretos que favorezcan la reutilización o reciclaje de los residuos que se generan.

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Sin embargo, el sentido de urgencia en esta materia se está perdiendo, y con esto la posibilidad de desarrollo de nuevos emprendimientos verdes, evitar riesgos e impactos ambientales, y ahorrar recursos importantes a los municipios.

En esta materia, y si se consideran los instrumentos que se crearon por ley y que requieren un despliegue reglamentario, se debe destacar el ecodiseño, para promover el diseño de productos que utilicen menos materias primas y que los residuos que se generen sean fácilmente reciclables, o la rotulación y etiquetado de productos, para que el consumidor pueda distinguir certeramente los productos “eco”. Por su parte, “el depósito y reembolso” se asoma como la mejor alternativa para recolectar y valorizar muchos residuos voluminosos que frecuentemente se observan en vertederos ilegales, pasando por la formalización e incentivo de los mecanismos de separación en origen y recolección selectiva de residuos, para aumentar sustantivamente el reciclaje de los residuos que se generan en cada uno de nuestros hogares.

Caso particular de análisis es la creación de la responsabilidad extendida del productor, en la cual la ley señala los residuos regulados (neumáticos, pilas, baterías, envases y embalajes, aceites y lubricantes, y aparatos eléctricos y electrónicos) que están a la espera de la definición de metas de recolección y valorización que deben cumplir. Mientras no se dicten dichas metas, nadie se hará responsable de su generación, disposición y menos de las externalidades negativas que generan los residuos.

La ley crea un sistema que genera empleos verdes, innovación y ahorro de materias primas y energía. Un crecimiento sostenible al cual aportan pequeños y medianos emprendimientos que no alegan por “destrabar” la inversión, sólo que se implemente lo legislado. Más de 60 mil recicladores de base participan de sistemas de reciclaje informales que deben integrarse a sistemas de gestión para una recolección sistemática de residuos valorizables en busca de empleos estables y reconocidos, y los municipios deben bajar la carga financiera que significa la gestión de residuos domiciliarios.

Así y mientras no se materialice este marco normativo, con sus distintos instrumentos complementarios anteriormente señalados, es altamente probable que se corra el riesgo de legislar por cada residuo específico, con enfoques prohibitivos, y menos eficiente a la hora de disminuir los residuos que generamos y los impactos que generan en el medio ambiente.

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