Editorial

Entrada en vigencia de la Reforma Laboral

  • T+
  • T-

Compartir

El 1 de abril entró en régimen la reforma laboral aprobada hace seis meses atrás, lo que pone en marcha un cambio considerable en el modo en que de ahora en adelante se regularán las relaciones laborales.

La implementación de esta nueva ley ha estado sometida a una gran incertidumbre en cuanto a muchas lagunas legales y aspectos poco claros que la Dirección del Trabajo, en su rol interpretativo, no ha resuelto o al intentar hacerlo ha generado aún mayor controversia, como sucede con la regulación de los servicios mínimos y los grupos negociadores.

Con la nueva ley se cambian una serie de reglas propias de la negociación colectiva. En algunos casos, los menos, se abren nuevas oportunidades, como sucede con los pactos de adaptabilidad que, pese a ser bastante reducidos en cuanto a sus materias, van en la dirección correcta.

En otros casos, en cambio, las nuevas normas son más complejas, siendo el más disruptivo la eliminación total del reemplazo externo e interno de trabajadores en huelga. En su defecto, se estableció el derecho del empleador a realizar “adecuaciones necesarias”, pero esta figura resulta confusa y sólo será aclarada, en parte, por medio de una futura jurisprudencia de los tribunales de justicia.

Claramente, toda legislación nueva requiere de un tiempo de ajuste y las primeras experiencias no siempre son las esperadas. No obstante, conocidos ya por todos los grandes problemas que podría acarrear la nueva regulación, resulta imperiosa la necesidad de realizar un ajuste legislativo y devolver los equilibrios y la certeza jurídica que hoy parecieran haberse perdido.

Lo más leído