Editorial

Impuesto a alimentos con azúcar

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Hace poco se ha conocido el informe de la Comisión Asesora Ministerial, que según el Protocolo de Acuerdo suscrito por el Gobierno y la Comisión de Hacienda del Senado en el marco de la Reforma Tributaria, debía analizar propuestas para gravar con impuestos otros alimentos con alto contenido de azúcar distintos a las bebidas.

El informe da cuenta de un diagnóstico compartido en cuanto a que el consumo de azúcares en Chile excede las recomendaciones nutricionales internacionales con el consecuente riesgo sobre la salud. Lo anterior incide –aunque no en forma exclusiva- en el desarrollo de enfermedades crónicas, lo que encarece el sistema de salud pública.

En este contexto, la Comisión recomendó que en Chile se priorice el desarrollo de una política nutricional integral fundamentada en un conjunto de medidas preventivas, que incluyen la actividad física y la alimentación saludable.

En materia de impuestos, la Comisión estimó que el uso de esta herramienta fiscal sería un mecanismo posible de ser utilizado, pero reconoce las dificultades de su aplicación. Específicamente, señala que sería necesario contar con una serie de estudios previos que permitan determinar la magnitud de la externalidad producida, diseñar adecuadamente el impuesto y evaluar su real contribución a la salud de la población.

A juzgar por lo anterior, la implementación de un impuesto a los alimentos con contenido de azúcar pareciera prematura e inconveniente, considerando la baja información disponible, la escasa evidencia internacional y su eventual efecto regresivo. Es de esperar que el plan de trabajo propuesto por la Comisión permita dar mayores luces sobre este tema.

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