Cartas

Derecho de propiedad y derecho de indemnización

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Señora Directora:

El lunes la comisión de Derechos Fundamentales votó el texto a proponer al Pleno sobre el Derecho de Propiedad y la expropiación. Finalmente se reconoce expresamente el derecho a ser indemnizado, pero el problema se observa al establecerse que el indemnizado será el propietario, modificando la redacción vigente, en la que se reconoce al expropiado en términos generales.

Esta diferencia podría afectar a todos aquellos quienes gocen de una parte de los atributos del dominio y no puedan hacerlo valer sobre la indemnización, como podría ser, a modo de ejemplo, un arrendatario o un comodatario. Luego, la propuesta instaura que se deberá indemnizar con el justo precio, modificación a la esencia de normativa vigente, la que reconoce que la indemnización corresponde al daño patrimonial efectivamente causado.

No es menor, porque el “justo precio” es un concepto indefinido que deberá posteriormente ser determinado por ley, quedando supeditado al legislador de turno, y no, como ocurre en la actualidad, por medio del común acuerdo o lo que dictamine una sentencia judicial, para la que tanto las partes, peritos y jueces al momento de dictar sentencia, utilizan el valor comercial o valor de mercado.

Parece fundamental que en el Pleno se entregue una real protección a la casa propia.

Nicolás Rodríguez

Abogado investigador Libertad y Desarrollo

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