Editorial

El peligro de politizar la justicia

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La Convención Constitucional aprobó las normas que rigen la configuración y actuaciones de los tribunales de justicia que formarán parte de la propuesta constitucional definitiva. Uno de sus aspectos centrales es la creación del “Consejo de la Justicia”, a cargo de los nombramientos, las calificaciones, el sistema disciplinario, la administración económica y los demás aspectos que configuran el llamado “gobierno judicial”.

Bajo el esquema actual, dichas atribuciones están conferidas a la Corte Suprema, las cortes de apelaciones, el Presidente de la República y el Senado. En particular, las cortes concentran un poder considerable, que las distrae de sus funciones jurisdiccionales, propicia la adopción de criterios opacos en el ejercicio de las atribuciones del gobierno judicial y atenta contra el profesionalismo, la objetividad y el mérito.

La composición del futuro Consejo de la Justicia abre espacio a posibles injerencias políticas, con riesgo de afectar la independencia judicial.

Lamentablemente, la solución propuesta genera inconvenientes aún mayores que los que se busca solucionar. En efecto, la creación de un Consejo de la Justicia fortalece la independencia interna de los jueces frente a sus superiores jerárquicos, pero a costa de debilitar la independencia externa del Poder Judicial frente a los demás poderes del Estado. En este respecto, la experiencia internacional indica que los Consejos Judiciales son propensos a politizarse, particularmente en los países latinoamericanos, un peligro que parece evidente en este caso.

La principal salvaguardia que se puede adoptar contra este fenómeno es asegurar una presencia mayoritaria de jueces en la composición del Consejo. Tal es la recomendación de diversos expertos y del informe de la Comisión de Venecia encargado por el Senado. Lamentablemente, la Convención desoyó dichas recomendaciones y estableció una integración que comprende apenas ocho jueces de un total de diecisiete miembros, los cuales incluyen, además, cinco integrantes elegidos por el Congreso, dos representantes de los pueblos indígenas y dos representantes de los funcionarios del Sistema de Justicia.

Tal composición no blinda al futuro Consejo de la Justicia de posibles injerencias políticas, aumentando el riesgo de que se afecte la independencia judicial.

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