Cartas

Oportunidad perdida en ley de 40 horas

  • T+
  • T-

Compartir

Señor Director:

Con la aprobación y posterior promulgación y publicación de la ley N° 21.561, denominada “ley de las 40 horas”, nuestro legislador y sus asesores –por falta de “geografía de código”– perdieron la valiosa oportunidad de sistematizar todo lo referente a los trabajadores excluidos de jornada.

Ellos siguen con dudas sobre si les aplica o no esta exención. Toda la publicidad, tanto del Ministerio del Trabajo como de la Dirección del Trabajo, se orienta a una nueva regulación en esta materia; lo que es falso, generando desazón en los especialistas y dudas en los trabajadores.

No se lee ni escucha a nadie indicando que lo que hizo esta ley fue solo eliminar ejemplos de cargos o puestos de trabajo. Pero, en lo medular, el concepto de quién puede o no estar excluido, no se modificó. Debido a ello, en vez de buscar respuestas en el artículo 22 inciso segundo –tan famoso por estos días– la respuesta se encuentra en el artículo 42 letra A del Código del Trabajo. Finalmente, todo radica en la existencia de supervisión o control funcional y directo sobre la forma y oportunidad en que se desarrollen las labores.

Francisco Cárcamo

Lathrop, Mujica y Herrera Abogados

Lo más leído