DF Constitucional

Comisión de la Convención ratifica BC autónomo, pero suma temas a considerar en decisión de tasa

Empleo y medioambiente son aspectos que debiera tener presente el banco. Se mantienen plazos de inhabilidades para asumir y sube quórum para acusaciones.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Lunes 25 de abril de 2022 a las 18:06 hrs.
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La comisión de sistemas de Justicia de la Convención Constitucional aprobó una nueva redacción de propuestas relacionadas con la orgánica del Banco Central, estableciendo que seguirá siendo una entidad autónoma, pero con un consejo de mayor número de integrates y la necesidad de que sus decisiones contemplen temas como el empleo y el medioambiente.

De esta forma, se establece que la entidad emisora será un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, de carácter técnico, encargado de formular y conducir la política monetaria, y que la ley regulará su organización, atribuciones y sistemas de control, así como la determinación de instancias de coordinación entre el banco y el gobierno.

La comisión dio luz verde a una indicación de la derecha que acota la primera propuesta sobre sus objetivos, remarcando que “le corresponderá en especial al Banco Central, para contribuir al bienestar de la población, velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos”.

Al mismo tiempo, establecieron que “el Banco, al adoptar sus decisiones, deberá tener presente la orientación general de la política económica del gobierno”.

A su vez, se plantea que la institución, en la fundamentación de sus decisiones, “deberá considerar la estabilidad financiera, la volatilidad cambiaria, la protección del empleo y el cuidado del medioambiente”.

Del Consejo del ente emisor

El Consejo estará integrado por siete consejeras y consejeros designados por la mayoría de los integrantes del Congreso, a partir de ternas propuestas por el Consejo de la Alta Dirección Pública.

Para su designación se considerarán criterios de paridad de género y representación territorial.

Se descartó la propuesta original respecto a que fuera el propio Consejo quien eligiera al presidente del Banco Central, manteniéndose la situación actual donde es el Presidente de la República quien designa al timonel del instituto emisor.

“La o el Presidente del Consejo, que lo será también del Banco, será designado por la o el Presidente de la República de entre las y los integrantes del Consejo y durará tres años en este cargo o el tiempo menor que le reste como consejero, pudiendo ser reelegido para un nuevo periodo en el cargo”.

Sobre la responsabilidad de los consejeros, se estableció que “podrán ser destituidos de sus cargos por resolución de la mayoría de los integrantes del pleno de la Corte Suprema, previo requerimiento de la mayoría de quienes ejerzan como consejeros o de la mayoría de los integrantes del Congreso, conforme al procedimiento que establezca la ley”.

En este punto también se modificó la propuesta original que hablaba solo de mayoría simple en el Congreso para comenzar proceso de remoción de un consejero.

Respecto a las inhabilidades e incompatibilidades de consejeros, sigue siendo un plazo muy extenso que ha sido criticado por diversos actores incluido el propio instituto emisor. “No podrán integrar el Consejo quienes en los doce meses anteriores a su designación hayan participado en la propiedad o ejercido como director, gerente o ejecutivo principal de una empresa bancaria, administradora de fondos, o cualquiera otra que preste servicios de intermediación financiera, sin perjuicio de las demás inhabilidades que establezca la ley”, dice la propuesta.

Como contraparte, se agrega que “una vez que hayan cesado en sus cargos, los integrantes del Consejo tendrán la misma incompatibilidad por un periodo de dieciocho meses”.

Si bien las normas se entendieron como un cierto avance respecto a no sumar más objetivos explícitos y elevar el quórum del Congreso para remover a los consejeros, se mantienen algunos reparos a los señalados por el propio Banco Central en una carta enviada a la Convención.

Conforme al proceso de la Convención, los planteamientos ahora serán analizados por el pleno y, de lograr 103 votos favorables, pasarán a integrar el borrador de una nueva Constitución.

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