La Corte Suprema puso término definitivo al litigio ambiental presentado en contra de la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi, al rechazar el recurso que buscaba revertir el fallo del Primer Tribunal Ambiental y confirmar que no se acreditó la existencia de daño ambiental derivado de la operación de instalaciones ubicadas en el sector de Punta Patache, al sur de Iquique. Con esta resolución, el máximo tribunal cerró una causa judicial que se extendió por más de una década y que tenía su origen en una demanda interpuesta por organizaciones que acusaban presuntos impactos ambientales en la zona costera, asociados a la operación minera.
En su fallo, la Corte Suprema ratificó íntegramente lo resuelto por el Primer Tribunal Ambiental, instancia especializada que había rechazado la acción judicial tras concluir que no se configuraba daño ambiental y que la operación cuestionada se encontraba ajustada a la normativa vigente y a las autorizaciones ambientales otorgadas por la autoridad competente.
El tribunal ambiental había determinado que los antecedentes presentados durante el proceso no permitían establecer una relación causal entre las actividades de la compañía y los efectos denunciados, descartando incumplimientos a la Resolución de Calificación Ambiental y a la legislación ambiental aplicable.
Desde Collahuasi valoraron la sentencia definitiva del máximo tribunal. La compañía señaló que el fallo “confirma que nuestras operaciones se han desarrollado cumpliendo estrictamente la normativa ambiental vigente”, y que las instalaciones objeto del litigio cuentan con los permisos y evaluaciones ambientales correspondientes.
Asimismo, la minera destacó que el pronunciamiento de la Corte Suprema ratifica lo resuelto previamente por instancias técnicas y judiciales especializadas, las que coincidieron en que no se acreditó daño ambiental en el área denunciada ni vulneración a los estándares regulatorios exigidos.
La decisión judicial adquiere relevancia en un contexto marcado por el aumento de la judicialización de proyectos mineros y energéticos en el país, especialmente en zonas con alta sensibilidad ambiental y presencia de comunidades costeras, como ocurre en la Región de Tarapacá.
Con el fallo de la Corte Suprema, la causa queda completamente cerrada, sin recursos pendientes, despejando un frente legal relevante para la continuidad operativa de la compañía y sentando un precedente en materia de litigios por daño ambiental vinculados a proyectos mineros en el norte de Chile.