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Publicado: Jueves 19 de marzo de 2020 a las 04:00 hrs.
Es una declaración jurada que los contribuyentes deben presentar anualmente ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), en el marco de la Operación Renta.
El documento debe ser presentado por las personas naturales o jurídicas que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial, que hayan pagado rentas del Artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), como sueldos, sobresueldos, salarios, dietas y cualesquiera otras rentas similares.
Aquí quedan excluidas las pensiones, jubilaciones o montepíos, que se informan mediante el Formulario N° 1812.
Se excluyen de la obligación de presentar el Formulario N° 1887 las personas que utilicen servicios de casas particulares, como empleadas domésticas o asesoras del hogar, jardineros, etc., que tengan la calidad de trabajadores dependientes y las personas que efectúen su propia retención de impuesto, entre las cuales se encuentran los trabajadores chilenos de embajadas extranjeras radicadas en Chile.
Desde el rubro destacaron que los cambios “entregan certezas para poder avanzar en el desarrollo de proyectos” y anticiparon que las nuevas condiciones podrían reducir los costos y el precio final de algunas viviendas.
Según el último informe del organismo fiscalizador, en 2025 se registraron 7.207 irregularidades en licencias médicas. De ellos, más de 5 mil habían salido del país con licencia médica entre 2023 y 2024.