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DF Tax | Modernización tributaria: la importancia de generar atractivo para los negocios y emprendimiento

Alex Mansilla, partner Tax & Legal de HLB Surlatina Chile.

Por: Alex Mansilla | Publicado: Jueves 11 de marzo de 2021 a las 04:00 hrs.
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Alex Mansilla

El mantener invertida la determinación de la renta líquida imponible (RLI) en la empresa es un incentivo al ahorro que favorece a aquellas empresas obligadas a declarar su renta efectiva según contabilidad completa por rentas del artículo 20 y que se encuentren sujetas a las disposiciones de la letra A) o al N° 3 de la letra D) del artículo 14 (en este último grupo se incluye a las empresas que optaron por determinar su renta efectiva según contabilidad simplificada). Quedan excluidas de este beneficio las empresas sujetas al régimen de renta presunta o al régimen Pro Pyme de transparencia tributaria.

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El beneficio consiste en la posibilidad de efectuar una deducción en la RLI gravada con el Impuesto de Primera Categoría -IDPC- hasta por un monto equivalente al 50% de dicha RLI que se mantenga invertida en la empresa. En todo caso, el monto máximo de la rebaja en ningún caso podrá exceder de una suma equivalente a 5.000 UF, según su valor al último día del año comercial en que se invoca el beneficio.

Cabe señalar que aquellos contribuyentes que puedan utilizar este beneficio mejorarán su liquidez, sin olvidar que no es un regalo para siempre, sino que sólo posterga el pago de impuesto, el cual se pagará cuando esas utilidades sean retiradas de la empresa.

Para acceder a este beneficio tributario, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos copulativos al término del año comercial respectivo:

a) Tener un promedio anual de ingresos de su giro en los tres años comerciales anteriores al año en que se debe ejercer la opción (abril) que no exceda de las 100.000 UF.

b) Que los ingresos obtenidos durante el año comercial respecto del cual se invoca el beneficio, provenientes de instrumentos de renta fija y la posesión o explotación a cualquier título de derechos sociales, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, acciones de sociedades anónimas, contratos de asociación o cuentas en participación, no excedan en su conjunto de un monto equivalente al 20% del total de ingresos del ejercicio determinados según lo señalado precedentemente.

Para estos efectos solo se considerarán los ingresos de este tipo que obtenga directamente la empresa en el año comercial respectivo, en relación a los demás ingresos brutos obtenidos por la empresa. Para estos efectos, deberán considerarse todos los ingresos que provengan de tales inversiones, sea que consistan en frutos o cualquier otro rendimiento derivado de su dominio, posesión o explotación a cualquier título o sin título o sin título alguno de los mismos, incluidos los ingresos obtenidos producto de su enajenación.

c) Manifestar la voluntad de acogerse al beneficio en la forma que instruye el Servicio de Impuestos Internos mediante Resolución 172 de fecha 30 de diciembre de 2020. Esta circunstancia deberá verificarse por cada año en que la empresa decida acogerse a este beneficio.

Si no se ejerciere la opción en la forma y oportunidad señalada, caducará el derecho a ejercerla y no podrá considerarse un error por no haberla ejercido.

Ejercida la opción en un ejercicio, ésta resulta irrevocable para la empresa respecto de dicho período.

Lo anterior es sin perjuicio de que la empresa pueda o no ejercer la opción en el ejercicio siguiente o en los subsiguientes, sujeto al cumplimiento de los requisitos respectivos.

Sin lugar a dudas, el rol de los sistemas tributarios es velar por los ingresos del Estado para el financiamiento de aspectos claves y críticos para la sociedad, y además debe fomentar la creación de un sistema que genere atractivo para los negocios y el emprendimiento. Bajo esa lógica, la modernización del sistema tributario y medidas implementadas van en línea con lo antes mencionado. Se trata de medidas que en tiempos difíciles y donde la liquidez de las empresas estará muy complicada, contribuya a un pro aumento del nivel de inversión, actividad económica y a su vez pro empleo.

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