“Sin efecto”. Así ordenó la Tercera Sala de la Corte Suprema dejar la resolución emitida por la Corte de Apelaciones el pasado 18 de marzo, en la que se dio por “cumplida” la sentencia emitida por el máximo tribunal en noviembre, de obligar a empresas de telecomunicaciones (como Claro, Gtd, Entel, WOM y Movistar) a bloquear sitios de casas de apuestas online ilegales.
El conflicto tiene su origen en un recurso de protección interpuesto por Lotería de Concepción ante la Corte de Apelaciones en 2025. En él, se exigía que empresas chilenas ISP bloquearan una serie sitios de apuestas online, solicitud que -tras un primer rechazo por el órgano- finalmente fue escuchada en septiembre por la Corte Suprema.
¿Qué pasó? Rápidamente, varias plataformas de apuestas en línea crearon “sitios espejo”; es decir, páginas duplicadas con una URL diferente a la principal (las que, siguiendo lo dictado por la Corte Suprema, habían sido bloqueadas por las empresas ISP).
En respuesta, Lotería de Concepción exigió que las compañías de telecomunicaciones adoptaran mejores tecnologías para prevenir estos escenarios, como sistemas “DPI” (Deep Packet Inspection) o “SNI” (Server Name Indication).
Sin embargo, tras tomar en consideración un oficio emitido por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), el tribunal de alzada rechazó la solicitud.
En concreto, en dicha instancia la Corte de Apelaciones estimó que las tecnologías mencionadas no estaban exigidas "por nuestra normativa, careciéndose, por tanto, de reglas legales específicas que aborden la eventual responsabilidad de los concesionarios”.
Por ende, dio por cumplida la sentencia y archivó la causa.
"Error de tramitación"
Tanto Lotería de Concepción como la Polla Chilena de Beneficencia (terceros coadyuvantes en el marco del conflicto) acudieron a la Corte Suprema, con sus respectivos recursos de queja en respuesta a la Corte de Apelaciones.
Lotería de Concepción, por su lado, acusó que -según lo mandatado por la Corte Suprema en noviembre- "el bloqueo de las URLs iniciales es una consecuencia y no el límite del mandato". Y, de paso, que la resolución de la Corte de Apelaciones exime a las empresas "de responsabilidad basada en un vacío reglamentario administrativo, inutilizando la eficacia de la sentencia".
Polla Chilena de Beneficiencia, por su lado, también se hizo parte del reclamo. Y acusó ante el máximo tribunal que la decisión de la Corte de Apelaciones de archivar la causa constituye "una falta o abuso grave". ¿El motivo? "La resolución impugnada no ejecuta lo juzgado, sino que lo enerva, frustrando su eficacia y vaciando de contenido el título ejecutivo".
El pasado viernes 10 de abril, la Corte Suprema escuchó las operadoras de juegos de azar. Y, mediante una resolución emitida en respuesta a Lotería de Concepcíon, estimó que fue un “error de tramitación" dar por cumplida su orden de sentencia "en circunstancias que, del mismo tenor de la resolución respectiva, consta que el tribunal asume que ello no es efectivo”.
Seguido, ordenó reponer la causa, mandatando que corresponde a los ministros adoptar "las medidas encaminadas a obtener el cumplimiento de lo sentenciado en dicho proceso”, es decir, que garanticen que las empresas de telecomunicaciones logren el bloqueo total de los sitios de apuestas ilegales.
Al respecto, Macarena Carvallo, presidenta de Polla Chilena de Beneficencia, aseguró a DF que el pronunciamiento “es un triunfo para la protección de la sociedad chilena". Y que la "resolución establece que no caben más omisiones técnicas, por lo que esperamos que se acredite el cese total de estas plataformas en el país”.