Corte Suprema e interlocking: bienvenida la predictibilidad
SANTIAGO RIED Socio de Libre Competencia y Litigios, Dentons Chile Abogados
La Corte Suprema, en dos sentencias de marzo pasado, revocó las condenas y rechazó los requerimientos de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra de directores y empresas de la industria financiera, por el ilícito de interlocking, o participación simultánea en directorios de empresas competidoras.
Dichas sentencias no sólo resolvieron un debate pendiente en materia de libre competencia, sino que reflejan un positivo cambio de tendencia respecto a las decisiones que ha venido adoptando el Máximo Tribunal en estas materias, hacia una mayor predictibilidad en la aplicación de la ley.
Cabe valorar ese tipo de decisiones, por cuanto permiten a las empresas considerar con claridad qué cosas están permitidas, con la tranquilidad de que no serán sancionadas si cumplen la ley.
En efecto, la Corte determinó que no se configuraba la figura legal de interlocking, por cuanto en dichos casos la participación simultánea no ocurría en directorios de “empresas competidoras entre sí”, como exige la ley, sino en los directorios de sus matrices. Revocó asimismo la sanción a las empresas en las que ocurrió el interlocking acusado, por cuanto la norma sólo establece una sanción al director o ejecutivo que participa simultáneamente en ellas, no a las empresas mismas.
Dichas sentencias dan cuenta, en esencia, de una aplicación estricta de la ley. Cabe valorar ese tipo de decisiones, por cuanto permiten a las empresas considerar con claridad qué cosas están permitidas (y cuáles prohibidas), con la tranquilidad de que no serán sancionadas si cumplen la ley.
Lamentablemente, eso no siempre ocurrió en las decisiones de la Corte Suprema en años anteriores. Su Tercera Sala, que resuelve las materias de libre competencia, ha resuelto en el pasado (con una integración distinta) algunos casos en base a una interpretación extensiva o novedosa de la ley, sancionando a empresas por conductas que hasta entonces no se consideraban ilícitas.
Quizás el ejemplo más claro es el “caso supermercados” del año 2020, en que la Corte Suprema sancionó a las tres principales cadenas de supermercado con altísimas multas. En dicho caso se determinó la existencia de colusión, aun cuando los competidores no habían adoptado ningún acuerdo, y ni siquiera se habían comunicado entre ellos. ¿Su pecado? Haber adoptado una supuesta “regla de comportamiento” consistente en que cada supermercado reclamaba a sus proveedores cuando detectaban que sus productos se ofrecían en el supermercado de la competencia con un precio inferior al que se lo vendían a ellos. Dicho actuar nunca había sido considerado ilícito hasta entonces, ni mucho menos como “colusión”. ¿Cómo podrían haber sabido que esa conducta sería sancionada?
Este tipo de casos desconciertan a las empresas. La gran mayoría de ellas pretenden cumplir la ley de buena fe, y adoptan medidas y programas de cumplimiento para ello. Sin embargo, la autoridad y los tribunales pueden interpretar una norma de forma novedosa o extensiva de forma tal que, lo que antes se consideraba perfectamente lícito, pase ahora a ser gravemente sancionado.
Por eso las decisiones de la Corte Suprema sobre el interlocking resultan tan valiosas, al retomar la senda de la predictibilidad de sus decisiones. En esa misma línea, sería conveniente que la FNE pueda señalar anticipada y públicamente cómo va a interpretar o fiscalizar una determinada norma a futuro. Hasta hace algunos años lo hacía a través de sus guías, que resultaban muy útiles para que las empresas conocieran de antemano qué conductas la autoridad considera lícitas, y cuáles no.
Las empresas no buscan impunidad, sino claridad sobre las reglas dentro de las que se pueden mover, para poder actuar dentro del marco legal, sin sorpresas. Esta decisión de la Corte Suprema da un paso muy bienvenido en ese sentido.
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