Recuperar la Dirección del Trabajo
SEBASTIÁN PARGA Socio Parga Montes & Vasseur, Laborales
Hoy comienza un nuevo ciclo político en nuestro país, marcado por un giro hacia la derecha. En el ámbito laboral, la administración saliente estuvo marcada por una ministra sectorial y un director del Trabajo militantes del Partido Comunista que utilizaron las herramientas administrativas para imponer sus opiniones partidistas y rompieron las frágiles confianzas entre el empleador y el trabajador.
El cambio de mano se verá con la entrada en vigencia de la segunda etapa de la reforma de 40 horas (ley N°21.561). Tanto su reglamento como una serie de dictámenes y circulares internas de la Dirección del Trabajo (DT) incluyen condiciones que no estaban en la ley. Pienso, por ejemplo, en requisitos impuestos unilateralmente por la DT a los trabajadores exceptuados de limitación de jornada, conocido, más comúnmente, como “artículo 22”. Esto afectó la adaptabilidad laboral de miles de trabajadores —principalmente mujeres— que requieren mayor flexibilidad para compatibilizar trabajo y responsabilidades personales.
“Debe haber un cambio de ruta. El nuevo Gobierno debe anteponer la ley a las interpretaciones administrativas y fortalecer un servicio cuya credibilidad está muy debilitada”.
Hay múltiples medidas que no solo rigidizan la jornada laboral más de lo que permite la ley, sino que van en el sentido inverso de los países de OCDE —con los que tanto nos gusta compararnos—, que buscan mayor flexibilidad para realizar los deberes domésticos, personales y laborales.
No es todo, si bien esa ley exige que la DT fiscalice exclusivamente cuando el trabajador reclame, circulares internas determinaron, en una posición paternalista y propia de la ideología de izquierda, que una acción del trabajador no es necesaria. Así, la DT fiscalizó sin previa voluntad del trabajador, determinando eventualmente que la jornada de trabajo no correspondía a lo que la “Dirección” estima, y generando —una vez más— fricciones innecesariamente en las relaciones laborales de las empresas.
Otro caso en el que podríamos ver el cambio de mano es en el del reglamento de la Ley Karin. En la práctica, la DT legisló a su personal e ideológico antojo, sin preocuparse de la legalidad del mismo. Se dio el lujo de rechazar denuncias —facultad que la ley no contempla— simplemente por no contener todos los datos exigidos en un formulario de plataforma web, entrando incluso al fondo del asunto al estimar que no existen motivos suficientes para una denuncia sin investigación previa. Pero, ¿puede la DT filtrar lo que “tiene mérito suficiente” y lo que no, imponiendo, además, un estándar más exigente para la empresa?
Otra situación es que el reglamento de la Ley Karin impide al empleador investigar denuncias contra trabajadores con cargos de jefatura, obligándolo a pasar los antecedentes a la Dirección del Trabajo. Pero, frecuentemente, esta no inicia el procedimiento en los plazos legales debido a limitaciones operativas. El resultado es un total desamparo de denunciante, denunciado y empresa, rompiendo así -en mil pedazos- cualquier ambiente laboral sano.
Ejemplos como estos han deteriorado la institucionalidad de la Dirección del Trabajo. Debe haber un cambio de ruta. El nuevo Gobierno debe anteponer la ley a las interpretaciones administrativas, y debe fortalecer un servicio público cuya credibilidad está muy debilitada
Las herramientas para volver la seriedad técnica a la DT están a la mano de la nueva administración y creo -sin temor a equivocarme- que las nuevas autoridades devolverán las aguas a su cauce y restablecerán el carácter profesional e institucional que históricamente ha tenido la Dirección del Trabajo.
Instagram
Facebook
LinkedIn
YouTube
TikTok