Economía y Política
Convenio 169 de la oit
Por: | Publicado: Lunes 22 de agosto de 2011 a las 05:00 hrs.
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El Convenio 169 es un tratado internacional que regula las relaciones de los Estados con sus pueblos indígenas y tribales. La consulta y participación de las etnias son sus materias fundamentales.
En su artículo 6 dice que “al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.
Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”.
En su artículo 6 dice que “al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.
Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”.