Un primer balance de la recaudación de la Ley de Reconstrucción entregó la Tesorería General de la República, a once días de su entrada en vigencia.
Así, el Fisco ha logrado recaudar cerca de US$ 2,5 millones ($ 2.446 millones) a través de facilidades de pago para deudores de impuestos fiscales y territoriales (contribuciones) y del Crédito con Aval del Estado (CAE), mediante la suscripción de 5.430 convenios. La recaudación lograda corresponde al pie pagado por los deudores en cada operación.
“Al considerar esta cifra de convenios suscritos al 27 de octubre (5.430), con plazo de pago hasta 48 meses, la deuda total comprometida para el pago asciende a $ 41.959 millones”, adelantó el tesorero general de la República, Hernán Nobizelli.
Junto con ello, puntualizó que con la suscripción de los mencionados convenios, la TGR procede a paralizar las acciones de cobranza administrativa y/o judicial ejecutadas con el fin de recuperar estos recursos, que son de beneficio fiscal.
Asimismo, el directivo recordó que la suscripción de los convenios de pago solo se pueden hacer en el sitio especial de la Tesorería (tgr.gob.cl/reconstruccion) y que los deudores CAE tienen plazo hasta el próximo 15 de enero para acogerse a las nuevas condiciones de pago.
Nobizelli recalcó que estas opciones “son inmejorables, dado que están expresadas en unidades tributarias mensuales (UTM) y no se les aplica ningún tipo de multas ni intereses”.
Tipos de convenios
Por otro lado, agregó que en el caso de los deudores de impuestos fiscales, tanto personas naturales como personas jurídicas (en su mayoría Mipymes), la Ley de Reconstrucción ofrece una ventana más amplia de 180 días, hasta el próximo 15 de abril, para suscribir convenios de pago.
Para este tipo de deudores se ofrecen dos tipos de beneficios: pago al contado (total o por folio), con una condonación del 100% de intereses y el 80% de las multas; y pago mediante convenio, con condonación del 95% de intereses y 75% de las multas
Las condiciones para quienes opten por la segunda opción es que paguen el 10% del total de la deuda neta y el 90% restante en 48 cuotas (meses). Los convenios consideran una proyección de la variación del IPC (reajuste) dentro del período de vigencia del convenio; la que dependerá del plazo del propio convenio.
Nobizelli aclaró que a los convenios les aplica una cláusula de caducidad inmediata por atraso o no pago de cualquiera de sus cuotas, el que será automático y se efectuará el día cinco de cada mes, reactivando las acciones de cobro.