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El Despertar de la Fuerza: Tributación opcional del FUT histórico 2.0

Benjamín Bernstein Socio Abogado Tax Advisors

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Estamos dentro de la Guerra de las Galaxias, con escasos incentivos tributarios.

Como muchos saben, la reforma de la Ley 20.780 dispuso en forma transitoria durante el 2015, un régimen opcional de tributación sobre el FUT acumulado al 31 de diciembre de 2014, el cual establecía un impuesto sustitutivo del global complementario o adicional, con tasa 32%. Además, la norma otorgaba una tasa opcional para los contribuyentes conformados solo por personas naturales, que consistía en un promedio ponderado de las tasas más altas del impuesto global complementario de los últimos tres ejercicios tributarios, desde el año 2014 hacia atrás. Era un sistema que permitía anticipar y sustituir el pago de los impuestos finales transformando las utilidades tributables en ingreso no renta, con dineros de la empresa o sociedad que se acogía a la sustitución del FUT. Permitía eliminar total o parcialmente el FUT acumulado en los contribuyentes de primera categoría que tributan en base a renta efectiva.

Este sistema opcional fracasó en su meta de incentivar la salida del FUT histórico y de ser una instancia recaudadora, ya que la tasa general del 32%, era muy alta, y por ende era un sistema acotado para aquellas compañías compuestas solo por personas naturales cuyas tasas de impuesto global complementario promediaran valores inferiores al 32%, cuando la tasa marginal hoy es del 40% y que llegará a un 35% o 44,45% a nivel de Global Complementario, según el sistema de tributación al que se acoja el contribuyente en el futuro.

Por si fuera poco, existía la “obligación” de tributar por la totalidad del FUT acumulado, sino los socios no podrían acceder a retirar las utilidades acogidas al sistema (FUNT) sin antes tributar por las utilidades no acogidas y generadas posteriormente (FUT). De allí que, vino El Despertar de la Fuerza, con la “Simplificación y perfeccionamiento”.

El proyecto presentado en diciembre último, busca reflotar el sistema optativo al FUT histórico. Se aumenta el plazo de declaración y pago hasta abril de 2017; se libera el orden de imputación sin necesidad de tributar antes por aquel “FUT no acogido”; se mantiene la opción de utilizar las tasas promedio de las personas naturales, lo que hace pensar que constituirá un verdadero aporte de eliminación del FUT histórico y una fuente de recaudación para las arcas fiscales, y posibilitar que las PYMES tengan recursos para emprendimientos. La Fuerza despertaría aún más si se rebajara la tasa general del impuesto sustitutivo a un 27%, que es la aplicable al régimen general parcialmente integrado según el proyecto de simplificación.

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