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Gabriela Clivio

La rebaja de la tasa de impuestos

GABRIELA CLIVIO ECONOMISTA

Por: Gabriela Clivio

Publicado: Miércoles 28 de octubre de 2026 a las 04:03 hrs.

Gabriela Clivio

Gabriela Clivio

La promulgación de la reforma tributaria, el pasado 9 de octubre, fijó una baja gradual de la tasa de impuesto de primera categoría: 25,5% en 2027, 24% en 2028 y 23% desde 2029. El debate se ha centrado solamente en cuánto menos pagarán las empresas. Sin embargo, este cambio tiene efectos en tres frentes: los estados financieros, los flujos operacionales y la valoración del negocio.

En primer lugar, los impuestos diferidos. La NIC 12 exige medirlos con la tasa de impuesto que regirá cuando se reviertan las diferencias temporales, siempre que esté aprobada o sustancialmente aprobada al cierre. Si esta tasa baja, entonces un pasivo diferido se reduce y se genera una ganancia contable; un activo diferido se reduce y se genera un gasto. Si bien no hay en ningún caso un movimiento de caja, existe un efecto en resultados y patrimonio y por lo mismo los covenants y dividendos se ven afectados. Como la baja de la tasa es gradual, es necesario proyectar cuando se revierte cada diferencia y usar la tasa de cada año. Aún falta la publicación de la ley, pero conviene documentar lo anterior con los auditores si el criterio se cumple antes del cierre.

En segundo lugar, los flujos operacionales. Por cada $ 100 de utilidad operacional, la empresa pasa de quedar con $ 73 a quedar con $ 77, lo que implica un alza de 5,5% en el resultado operacional después de impuestos. Este sí es un efecto real en caja, que llegará por etapas. Con una utilidad tributable constante de $ 100, el impuesto pasa de $ 27 a $ 25,5 en 2027, $ 24 en 2028 y $ 23 desde 2029 mientras que 2026 se mantiene al 27%. Para las empresas con pérdidas tributarias, el beneficio se posterga hasta que empiecen a pagar impuesto.

“Este cambio tiene efectos en tres frentes: los estados financieros, los flujos operacionales y la valoración del negocio”.

El tercer efecto que también es importante se aprecia en la valoración del negocio. Los flujos futuros proyectados deben usar la tasa de impuesto vigente de cada año, y el valor terminal, deberá utilizar la de 23%. En este caso el valor de la empresa también subirá a pesar de que el escudo tributario ahora vale menos dada la menor tasa de impuesto. Ceteris paribus, la menor tasa aumenta los flujos pero también aumenta levemente la tasa de descuento. Quien siga valorizando con 27%, o con 23% desde hoy, subestimará o sobreestimará el valor según el año de los flujos. Este efecto también depende de la ponderación que represente el valor terminal en el total del negocio: en empresas de vida larga y ya maduras, la mayor parte del beneficio llegará por ahí mientras que, en negocios de vida finita, como una concesión, el efecto será menor.

Hay un cuarto punto: los comparables. Al contrastar empresas de distintos países, las tasas de impuestos difieren. Los múltiplos antes de impuestos, como Ev/Ebitda, no cambian mecánicamente, pero los basados en utilidad sí. Para el inversionista final, la integración gradual del sistema desde enero de 2027 también cambia la carga tributaria total. En la práctica, conviene empezar ya a actualizar los modelos con un vector de tasas por año, levantar las diferencias temporales por año de reversión y estimar el efecto con los auditores antes del cierre. Una revisión tardía suele terminar en ajustes de última hora y explicaciones difíciles ante directorios, bancos e inversionistas.

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