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¿Automatización como causal de despido? Fallo judicial alerta a expertos e inquieta a trabajadores

Tribunal respaldó a firma que sostuvo que la automatización de funciones es válida para aplicar la causal de despido por necesidades de la empresa.

Por: Carolina León | Publicado: Jueves 17 de octubre de 2019 a las 04:00 hrs.
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¿Puede la automatización de funciones ser considerada una causal válida para desvincular trabajadores? Esa es una pregunta que se ha tomado el debate laboral y que fue respondida positivamente por la Corte de Apelaciones de Valdivia, la cual ratificó el mes pasado una sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno en tal sentido.

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En mayo, la Corporación de Beneficencia Osorno -Clínica Alemana de Osorno- desvinculó a un operador de calderas, argumentando que dicho puesto no sería necesario ya que habrían optado por automatizar el sistema de calderas de la firma, reemplazando las de vapor.

El trabajador en cuestión recurrió a la justicia alegando que fue despedido bajo la causal de necesidades de la empresa, acusando que su empleador no habría explicado las razones y/o necesidades económicas operacionales que llevaron a la empresa a realizar un proceso de reestructuración tecnológica.

De acuerdo a la normativa laboral vigente, esta causal de desvinculación opera cuando la razón tras el despido no es por la sola voluntad “unilateral y discrecional” del empleador, pues debe fundarse “en hechos objetivos que hagan inevitable la separación de uno o más trabajadores”.

Ante la denuncia, el tribunal de primera instancia dio la razón a la empresa, argumentando que el proceso de modernización tecnológica fue justificado. “Ese tipo de procesos es necesario, esperable, atendido los riesgos que implica, incluso para la salud de los funcionarios la utilización de este tipo de elementos o herramientas de las calderas”, se lee en la sentencia.

El trabajador apeló a la decisión, pero la Corte de Apelaciones de Valdivia respaldó el pronunciamiento. Luego fue a la Suprema, instancia que rechazó el recurso de queja que interpuso el funcionario.

Se abre el debate

¿Qué hito marca esta sentencia? A juicio de los abogados, habrá que ver qué dice la justicia ante casos similares.

“El impacto de una automatización masiva es algo que comenzará a expresarse en distintas áreas de la relación laboral. Ya lo vimos hace un par de años respecto de la posibilidad de reemplazar trabajadores en huelga con robots; ahora lo vemos por las normas de despido”, dijo el exsubsecretario del Trabajo, Francisco Díaz.

Para el abogado, este tipo de discusiones invita a releer las propuestas que “hace algunos años parecían exageradas, como la renta básica universal o que las empresas paguen un impuesto por cada puesto de trabajo que se pierde por la robotización”.

En la otra vereda, Jorge Arredondo, director del Grupo Laboral de AZ, valoró el pronunciamiento.

“La Corte de Apelaciones consideró las dinámicas del trabajo hoy día y las realidades a las cuales se ve expuesto un empleador y las decisiones que tiene que adoptar en sus procesos productivos, validando que este proceso de modernización, que se va a traducir en una baja de costos, es razón suficiente para poder despedir a un trabajador. Esto me parece un criterio correcto, porque efectivamente hoy en día las empresas se ven expuestas a procesos de modernización y automatización”, dijo.

Luis Quintana, socio de Parraguez & Marín, si bien recalcó que el fallo aplica para este caso, agregó que “da luces acerca de cómo se entenderá el conflicto entre estabilidad laboral y derechos de los trabajadores y el innegable proceso de automatización que hoy enfrentan las empresas”.

Más crítico se mostró Rafael Pereira, exsubdirector del Trabajo, quien planteó que “la argumentación de la mayoría en la sentencia no está acorde con uno de los principios del derecho del trabajo, que es el de la continuidad de la relación laboral, que dice que las causales de término de contrato tienen que interpretarse restrictivamente a favor del trabajador”.

En este contexto, el presidente del sindicato de Walmart, SIL, Juan Moreno, dijo que el fallo refuerza la tesis de que la automatización es un tema que llegó para quedarse.

“No puede ser posible que la automatización sirva como excusa para abaratar los costos sin pensar en las personas que están quedando fuera del mercado laboral (...) Hay que hacer algo, ni el gobierno ni los empleadores pueden esperar que esto estalle socialmente”, dijo el dirigente sindical.

La discusión en España: a favor de los trabajadores

Claro está que el debate no es solo una discusión que llegó a Chile. En España, por ejemplo, en septiembre pasado una sentencia del Juzgado de lo Social N° 10 de Las Palmas de Gran Canaria, declaró improcedente el despido de una trabajadora de un hotel -que se desempeñaba como oficial de contabilidad- a la que desvincularon para sustituirla por un sofware.
En su sentencia, el juez dijo que "no estamos ante un cambio en los medios o instrumentos de producción, sino ante la sustitución de un trabajador por un instrumento, y ello, sin más, no puede justificar un despido objetivo. Ante el derecho de la empresa de reducir costes, prima el interés público en el mantenimiento de empleo", dice la sentencia.

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