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¿Cómo quedó el proyecto que reformula el sistema de gratificaciones que será analizado por la Sala de la Cámara?

La comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados votó hoy las indicaciones de la moción parlamentaria.

Por: Carolina León | Publicado: Lunes 9 de agosto de 2021 a las 15:00 hrs.
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El diputado Tucapel Jiménez está impulsando el proyecto.
El diputado Tucapel Jiménez está impulsando el proyecto.

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Hoy, la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados votó las diversas indicaciones al proyecto de ley que modifica el sistema de gratificaciones. La propuesta quedó lista para ser revisada por la Sala de la corporación.

Si bien parlamentarios de Chile Vamos ingresaron algunas enmiendas, las que habrían sido apoyadas por el Ejecutivo, los integrantes de la instancia se inclinaron por las propuestas ingresadas por el diputado Tucapel Jiménez.

Respecto al contenido de la propuesta, los parlamentarios apoyaron la idea de establecer un reparto diferenciado de utilidades según tamaño de empresas. Así, en el caso de las pequeñas el porcentaje a repartir será del 8%, 10% para las medianas y 15% para las grandes empresas.

¿Cómo se clasificará el tamaño de la empresa? Según la indicación presentada por Jiménez, se considerará como pequeña a aquellas firmas que facturan entre 2.400 UF y 25.000 UF. Medianas serán aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 25.000 UF y menos de 100.000 UF. Las grandes, en tanto, serán las que tengan una facturación anual igual o superior a 100.000 UF.

La indicación aprobada, además, establece que la utilidad líquida a repartir se dividirá por partes iguales entre la totalidad de los trabajadores con derecho a ella, "con un máximo por trabajador equivalente a la suma de veinte ingresos mínimos mensuales. No aplicará esta obligación respecto del personal que esté dotado de facultades generales de administración, tales como gerentes o subgerentes".

En el caso de empresas con menos de dos años de operaciones registradas en el Servicio de Impuestos Internos (SII), la indicación establece que estarán obligadas al pago señalado en el artículo 50. ¿Qué significa esto? Que tendrán que optar por pagar el 25% del sueldo anual, con un tope por año de 4,75 ingresos mínimos mensuales.

Dentro de las indicaciones, también se aprobó en la comisión que sea el SII el que determine, en la liquidación, el monto de la utilidad líquida que deberá servir de base para el pago de gratificaciones.

No fue lo único, también se aprobó que el Consejo Superior Laboral, con la información y antecedentes que podrá recabar de la Dirección del Trabajo, del Servicio de Impuestos Internos y del Ministerio de Economía Fomento y Turismo, deberá emitir a partir del segundo año de vigencia de la ley un informe sobre la evolución de su cumplimiento.

Los parlamentarios de Chile Vamos plantearon que dicha evaluación fuera al tercer año, pero la idea fue rechazada.

El diputado Tucapel Jiménez, quien también es el presidente de la instancia, será quien informe a la Sala la votación de la propuesta.

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